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Abogado especialista accidente de tráfico alcoholemia Alicante Elche

¿Abogado especialista accidente de tráfico alcoholemia Alicante Elche?

accidente Triangulo de emergencia

Los accidentes de tráfico por alcohol provocan en nuestro país más de 50.000 heridos al año, abogado especialista accidente de tráfico alcoholemia Alicante Elche.
Siendo una de las causas más frecuentes de siniestros que se han incrementado en los últimos años de manera alarmante.
Ya no se trata de conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas o drogas, sino de las consecuencias de esa conducción.
La alcoholemia hace referencia a la cantidad de alcohol que una persona tiene en la sangre.
No afecta igual a todas las personas, interviniendo factores como la edad, el sexo.
Cuando somos víctimas de un accidente de tráfico con alcohol, abogado especialista accidente de tráfico alcoholemia Alicante Elche,el conductor que lo ha provocado circulaba bajo la influencia de bebidas alcohólicas, podremos reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
Sin embargo, el conductor que circula habiendo ingerido bebidas alcohólicas y tiene un accidente sufriendo daños materiales y/o personales, no podrá reclamar indemnización alguna.
La tasa de alcoholemia arrojada en el control de alcoholemia va a determinar las consecuencias de la infracción.
Puede ser una sanción administrativa con retirada de puntos del carnet, o puede ser un delito penal cuando se supera la tasa de alcohol permitida.
Para reclamar con garantías la indemnización que nos pueda corresponder en un accidente de tráfico con alcohol.
Necesitaremos siempre ayuda legal, abogado especialista accidente de tráfico alcoholemia Alicante Elche puesto que se van a incoar actuaciones judiciales penales contra el culpable donde la presencia de un abogado es necesaria.
La víctima de un accidente de tráfico por alcohol necesita el asesoramiento y la defensa de un abogado especializado.
Siempre es fundamental que sea especialista en alcoholemias, dada las especiales características y particularidades de este tipo de procedimientos.

¿Cuál es la sanción en un accidente de tráfico por alcohol?

Lo primero que debe quedar claro:
Es que para saber si conducir bajo los efectos del alcohol va a ser una infracción administrativa o un delito penal.
Si la tasa está por debajo de los límites establecidos en la Ley (entre 0,25 mg/l y 0,50 mg/l), habremos cometido una infracción administrativa.
En estos casos la multa para el infractor es de 500 euros y se le van a retirar 4 puntos del carnet de conducir.
Si la tasa supera los 0,50 mg/l  de alcohol en sangre las multas por alcoholemia a imponerse serán el doble y se le retiran 6 puntos del carnet de conducir.
En el caso de sanciones por alcoholemia en conductores reincidentes la multa se duplica.
Ahora bien, cuando el conductor que circula bajo los efectos del alcohol arroja un resultado positivo en el control de alcoholemia y supera la tasa de alcohol en aire espirado de 0,60 miligramos/litro (1,2 g/l en sangre), ya no se tratará de una sanción administrativa, sino de un delito penal.
En estos casos el conductor será imputado por un Delito contra la Seguridad del Tráfico.
Si además el conductor ha provocado un accidente de tráfico por alcohol, las consecuencias penales son más graves.
Con su conducta ha causado daños materiales y/o personales a otros usuarios de la vía.

¿Quién puede reclamar una indemnización por accidentes de tráfico por alcohol?

¿Quien puede reclamar una indemnización por accidentes de tráfico por alcohol?
Cualquier víctima que haya sufrido daños personales y/o materiales al sufrir un accidente de tráfico por alcohol, puede reclamar la indemnización.
La reclamación de indemnizaciones por accidente de tráfico con alcohol tiene una serie de particularidades.
Así, en un accidente sin alcoholemia, la tramitación de la indemnización puede realizarse en vía extrajudicial o amistosa contando con la ayuda de un abogado especialista accidente de tráfico alcoholemia Alicante Elche , y acudiendo solo a un procedimiento civil si la aseguradora ofrece una indemnización por debajo de lo que corresponde a la víctima.
Sin embargo, en un accidente por alcohol, necesariamente se van a incoar actuaciones penales, al existir un Delito contra la Seguridad del Tráfico recogido en el Capítulo IV de nuestro Código Penal.
La víctima del accidente por alcohol tiene que personarse en el procedimiento penal como perjudicado con un abogado para accidente especialista en alcoholemias.
En estos supuestos, los perjudicados también pueden personarse en el procedimiento penal que se incoe contra el infractor para reclamar las indemnizaciones que correspondan por esos daños materiales sufridos.

 

Abogado Alicante accidente de tráfico bajo efectos alcohol

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Abriendo botella en el coche

¿Qué sucede cuando conducimos bajo los efectos del alcohol?

Todos conocemos los peligros de esta sustancia especialmente cuando conducimos.

Son múltiples las consecuencias que tiene sobre nuestra capacidad tras su consumo.

Los principales motivos por lo que esta sustancia resulta tan perjudicial, disminuye nuestra capacidad de respuestas y nuestros reflejos quedan reducidos.

Creemos que por dos o tres cañas estamos fuera de peligro, pero se trata de un pensamiento erróneo.

Actualmente en España esta prohibido conducir con una tasa de alcoholemia por encima de los 0,5 gr/l de alcohol en sangre (0,25 mg/l en aire espirado), una cantidad que se reduce a 0,3 gr/l (0,15 mg/l) en el caso de conductores noveles .

¿Cuáles son los niveles que puede afectar el alcohol? Existen 3 niveles:

  • Nivel psicomotor: afecta a la capacidad de juzgar bien las distancias, velocidad y precisión.
  • Nivel psicológico: disminuye la concentración, aumenta la euforia, también se puede producir la sensación de somnolencia.
  • Nivel físico: dificultad de mantener la vista y ver los objetos con claridad.

El consumo de alcohol, incluso en cantidades relativamente pequeñas.

Aumenta el riesgo de verse involucrado en siniestros viales.

En muchas ocasiones las víctimas no son siempre los conductores que han consumido...

Sino sus acompañantes o los pasajeros del vehículo contrario, finalmente son ellos los que acaban pagando las consecuencias de una imprudencia del conductor.

Desde Abogados Santamaría Baeza Alicante te recomendamos que si bebes no conduzcas

Si te has visto envuelto en un accidente de tráfico, te asesoramos durante todo el proceso para reclamar la máxima indemnización.

No lo dudes más si buscas un Abogado Alicante accidente de tráfico bajo efectos alcohol y ponte en contacto con nosotros para poder asesorarte

Abogado accidente de tráfico por alcohol Alicante Elche

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Choque frontal coche blanco y negro

Accidente de tráfico por alcohol: las alcoholemias en Navidades

El consumo de alcohol en Navidades se dispara como consecuencia de las fiestas, reuniones de empresa y celebraciones familiares y de amigos, Abogado accidente de tráfico por alcohol Alicante Elche .
Lo que empieza con unas cañas suele terminar con vinos, unos chupitos, y si la tarde/noche se alarga, es fácil que caigan dos o tres copas como mínimo.

Pese a que siempre hay opciones para evitar coger el coche si vas a beber, en especial en ciudades grandes donde cuentas con infinitas opciones de transporte público para desplazarte, muchos no se resignan a prescindir de su vehículo por comodidad.

Tampoco se piensa habitualmente que el alcohol no afecta a todos por igual: si eres hombre o mujer, la complexión física o el peso, haber ingerido bebidas comiendo o en ayunas, o el tipo de consumición que tomas.

Todo ello condiciona y mucho, el resultado de haber bebido en nuestro organismo.

A menudo circulan por internet supuestos trucos para evitar dar positivo en un control de alcoholemia, y la creencia errónea de que es posible burlar las consecuencias negativas de conducir bebido.

La realidad, sin embargo, es bien distinta.

La mayoría de esos falsos mitos sobre la tasa de alcoholemia no funcionan, ni mucho menos eliminan la presencia del alcohol en la sangre.

Si tienes la mala suerte de que te pillen, tienes un problema.

Y si tienes la peor suerte, que es provocar un accidente de tráfico habiendo bebido, y causas daños a terceros, entonces las consecuencias pueden ser gravísimas para ti y para tu patrimonio.

¿Sanción administrativa o delito en un accidente de tráfico?

Para medir los efectos de la bebida en el organismo, se utiliza como referencia la tasa que hayas arrojado, controlada mediante los etilómetros o alcoholímetros, aparatos con los que los agentes de la autoridad van a comprobar si hemos cometido una infracción por este motivo.

Se trata de aparatos homologados, cuyo funcionamiento consiste en que el conductor debe coger aire y soplar de manera ininterrumpida por su boquilla, hasta que el agente nos indique o emita una señal. De esta manera podremos saber si damos positivo y qué tasa de alcohol arrojamos, para determinar el tipo de infracción cometida.

Esta infracción puede ir desde una sanción administrativa, cuando no se sobrepasan los límites establecidos, hasta un Delito contra la Seguridad del Tráfico, que se recoge en el artículo 379.2 del Código Penal

¿Cuándo es sanción administrativa?

Habrás cometido una infracción administrativa si conduces con una tasa de entre 0,25 mg/l y 0,50 mg/l, en cuyo caso te van a retirar 4 puntos del carnet de conducir y te van a poner una multa de 500 euros, y si la tasa que has arrojado supera los 0,50 mg/l, te retirarán 6 puntos del carnet y la multa sube hasta los 1000 euros. Si eres reincidente, la multa se duplica.

¿Y cuándo es Delito?

Si el resultado de la prueba de alcoholemia es que arrojas una tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l en aire espirado o 1,20 g/l en sangre, habrás cometido un Delito contra la Seguridad del Tráfico recogido en el artículo 379.2 del Código Penal y la pena que te pueden imponer oscila entre tres y seis meses de cárcel, multa de seis a doce meses, trabajo comunitario de 30 a 90 días, y además, la prohibición de conducir durante un periodo de entre uno y cuatro años.

En este caso, los agentes de la autoridad que te hayan hecho el control te entregarán un Boletín de denuncia, indicándote fecha y hora para acudir a un Juicio Rápido, remitiendo las actuaciones practicadas al Juzgado de Instrucción de la localidad donde residas.

Si te han imputado por un Delito contra la Seguridad del Tráfico vas a necesitar siempre la ayuda de un abogado para alcoholemias que defienda tus intereses en el Juicio Rápido, y si no eres reincidente y reconoces los hechos, puedes beneficiarte de una reducción en un tercio de la pena que te impongan.

No olvides que este tipo de delitos te va a dejar antecedentes penales.

Y ten en cuenta también que el Código Penal en su artículo 383 castiga tu negativa a someterte a una prueba de alcoholemia, con penas de privación del permiso de conducir de 1 a 4 años, y prisión de 6 meses a 1 año..

Hasta aquí, las consecuencias para ti si te pillan conduciendo cuando has bebido.

Pero… ¿Qué va a ocurrir si, además, provocas un accidente de circulación en el que se ven implicados terceros, y causas daños materiales, y lo que es peor, daños personales?

Lo que debes saber si sufres un accidente de tráfico por alcohol en Navidad

Por desgracia, tenemos que ponernos en lo peor, porque en nuestro bufet,
Abogado accidente de tráfico por alcohol Alicante Elche hemos vivido en primera persona todos los años por Navidad, verdaderos dramas familiares provocados por accidentes en los que el alcohol se convierte en protagonista.

Y aquí la peor parte se la lleva la víctima, como es lógico. Pero es que, además, si eres infractor, es muy posible que desconozcas hasta qué punto las consecuencias de ser culpable de un siniestro y dar positivo pueden cambiarte la vida para siempre.

En un accidente de tráfico por alcohol hay dos partes que van a sufrir las consecuencias de distinta manera: el responsable y la víctima.

Y en uno y otro caso, vas a necesitar ayuda de un abogado especialista en accidentes siempre

Cuando eres el culpable del accidente

Imagina que has estado de fiesta con amigos o familiares, y después de haber bebido coges tu coche para desplazarte a otro sitio o para volver a casa, con tan mala suerte que sufres un accidente de circulación.
Y en ese siniestro, provocas daños materiales y personales a terceras personas.

Daños que pueden ser de menor entidad, pero que en muchas ocasiones son gravísimos, o incluso provocan el fallecimiento de alguno de los implicados en el siniestro.

Para empezar, vas a ser imputado por el Delito contra la Seguridad del Tráfico del artículo 379.2 del Código Penal, con todo lo que ello conlleva, incluyendo una muy probable pena de cárcel.

En un accidente con alcoholemia tendrás que asumir todas las consecuencias económicas de los daños que hayas provocado, aunque tengas seguro

Y esto es así, porque tu compañía de seguros se va a desentender en estos casos, aunque inicialmente pague las indemnizaciones que correspondan a las víctimas, en base a las cláusulas de exención de responsabilidad que casi todas las pólizas tienen incluidas para los supuestos de alcoholemia.

Esto significa que tu compañía pagará los daños que hayas causado, pero luego va a ejercer contra ti el derecho de repetición, reclamándote todas las indemnizaciones abonadas a los perjudicados.

Y si los daños han sido cuantiosos, o has provocado lesiones graves o incluso el fallecimiento de un tercero, puedes llegar a arruinarte por hacer frente a indemnizaciones muy elevadas.

Abogado especialista en responsabilidad civil

En estos casos, es muy importante que te asesores por un abogado especialista en responsabilidad civil, porque vas a ser imputado y juzgado en un procedimiento penal que siempre va a tener consecuencias muy negativas para ti.

Estas indemnizaciones se tramitan, valoran y calculan igual que en cualquier otro siniestro, con la particularidad de que como el contrario ha cometido un Delito, vas a tener que comparecer como perjudicado en el procedimiento penal que se tramite contra su persona, para lo que vas a necesitar abogado y procurador.

Los daños que puedes reclamar son tanto los materiales (reparación de tu vehículo o pago del siniestro), como los personales (lesiones que hayas sufrido, divididas en tiempo de curación y secuelas), además de todo el resto de conceptos incluidos en el Baremo de Tráfico.

¿Necesito un abogado para un accidente de tráfico con alcohol?

Siempre defendemos el derecho a la información y asesoramiento de la víctima de un accidente de tráfico, que nunca sabe por dónde empezar a tramitar un siniestro y las consecuencias derivadas del mismo.

Pero en los casos de alcoholemias, la necesidad de abogado es imprescindible.

Porque en la mayoría de los casos, se van a incoar actuaciones penales que exigen la defensa de un abogado, seas infractor o seas víctima.

Somos un despacho especialista en exclusiva, en responsabilidad civil derivada de accidentes de circulación.

Defensores de una conducción responsable y reiteramos la importancia de no generar situaciones de riesgo tanto para ti como para el resto de usuarios de la vía, por lo que circular habiendo bebido es siempre una mala idea.

Soy infractor y he dado positivo en alcohol … ¿necesito un abogado?

Si has dado positivo en alcoholemia y tienes que comparecer a un Juicio Rápido, tienes que ir obligatoriamente asistido de letrado.

Busca siempre un especialista en la materia que pueda defenderte.

Y si no eres reincidente y reconoces los hechos, que pueda negociar en tu nombre la reducción en un tercio de la pena que te puedan imponer.

Contamos con un departamento de especialistas en defensa de alcoholemias. Te asesoramos, te informamos de los pasos a dar, y te asistimos en el Juicio penal correspondiente.

Soy víctima de un accidente de tráfico por alcohol del contrario… ¿necesito abogado?

Necesaria y rotundamente SÍ.

Y no solamente porque tendrás que comparecer como perjudicado en el procedimiento penal que se tramite contra el culpable.

También vas a necesitar ayuda para la defensa de tus intereses frente a la aseguradora y frente al infractor.

Muchos de estos juicios, con un buen asesoramiento legal, te permiten percibir tu indemnización.

Sin tener que esperar al juicio penal, que, dada la saturación de nuestros Juzgados, puede demorarse incluso años.

En estos casos, si cobras la indemnización antes, tendrás que comparecer en el juicio por correspondiente, pero ya en calidad de testigo.

Tu abogado se ocupará de tramitarte la parte legal.

Pero también de defender tus intereses frente a la aseguradora, que habitualmente suele ser quien te paga inicialmente los daños para posteriormente repetir contra el conductor responsable.

Y ahí ya sabes lo que ocurre: ninguna compañía de seguros va a ayudarte ni ponerse en tu lugar, y mucho menos si sabe que luego puede tardar años en recuperar esas cantidades abonadas como indemnización reclamándoselas al culpable.

Las aseguradoras defienden su propio interés y no el tuyo.

Un abogado particular especialista en accidentes de tráfico por alcoholemia trabaja por y para la víctima

Y esto es lo que hacemos , donde contamos con un departamento especializado en accidentes de tráfico por alcoholemias, cuyo apoyo a la víctima va a incluir:

Acompañarte en todo el proceso
Asistirte y defender tus intereses en el Juicio penal
Asesorarte en la parte médica, legal, laboral y lo que necesites
Garantizarte que se defienden tus derechos con garantías
Reclamarte la indemnización que te corresponde por todos los daños y perjuicios sufridos

Pero además… ¿Sabes que nuestros honorarios te pueden salir gratis en todo o en parte?

Si eres víctima no culpable de un siniestro.

Gracias a la cobertura por defensa jurídica que tienes en tu póliza, podrás recuperar en todo o en parte los honorarios que nos hayas abonado por nuestros servicios.

Que serán un porcentaje previamente pactado de las indemnizaciones que consigamos para ti.

De esta manera, puedes escoger un letrado de tu confianza con la garantía de que vas a recuperar una parte o todos sus honorarios.

Una vez haya terminado el proceso de reclamación, haya sido judicial o extrajudicial.

Y ten en cuenta que solo cobramos si ganamos, y que nuestro interés es el tuyo siempre.

¿Tienes dudas? ¿Has dado positivo en alcoholemia y necesitas un abogado especialista? ¿Eres víctima de un siniestro y el contrario conducía bajo los efectos del alcohol?

Abogado especialista en juicio rápido alcoholemia Alicante Elche

Abogado especialista en juicio rápido alcoholemia en Alicante y Elche

Bebiendo al volante

Nociones básicas delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas

La mejor forma de evitar enfrentarse a un juicio rápido por alcoholemia es, sin duda, no conducir cuando hemos consumido bebidas alcohólicas, pero si nos tenemos que enfrentar a ello, en el presente post vamos a dar algunas pinceladas sobre cómo es el proceso de juico rápido.

Abogado especialista en juicio en juicio rápido alcoholemia Alicante y Elche .

Por los propios hábitos sociales, en ocasiones consumimos pequeñas cantidades o conducimos varias horas y nos sorprendemos del resultado del test de alcoholemia.

Este motivo, el delito de alcoholemia es mucho más habitual de lo que a priori nos pueda parecer.

El delito de alcoholemia, es un delito contra la seguridad vial que se encuentra recogido en el artículo 379.2 del Código Penal.

 

1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

Es un delito que se comete por la mera realización de la conducta, es decir que no depende de un resultado (por ejemplo tener un accidente) para cometerlo, es decir, que por la mera conducción de vehículos a motor y ciclomotores  habiendo consumido y encontrándose bajo los efectos de bebidas alcohólicas, también drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.ya estamos cometiendo el delito.

Al tratarse de un delito de mera actividad, no es necesario producir un daño físico o material como consecuencia de la conducción.
Sino la simple conducción ya se considera delito.

Se sanciona con penas de prisión de 3 a 6 meses o con multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

La conducción de vehículos o ciclomotores con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro y de 1,2 gramos por litro en sangre.

El delito se comete tanto si nos paran en un control aleatorio y damos una tasa superior a 0.60mg de aire espirado o si danto entre 0.25 y 0.60 tenemos un accidente, en ambos casos la policía local o la guardia civil redactará un atestado que lo mandará el juzgado de instrucción del lugar de la producción del accidente y seremos citamos para declarar como INVESTIGADOS en un delito contra la SEGURIDAD VIAL.

Después de tomarnos declaración, para lo que es obligatorio acudir con abogado, el procedimiento continuará y de haber suficientes indicios de comisión de delitos se abrirá juicio oral contra el conductor.

La defensa en este tipo de juicios hay que llevarla muy bien preparada desde el primer momento por lo que recomendamos que si nos hemos visto envueltos en un delito contra la seguridad vial, se pongan en contacto con un ABOGADO ESPECIALISTA en TRÁFICO Y ALCOHOLEMIAS para preparar la mejor defensa.

PARA MAS INFORMACION SE PUEDEN PONER EN CONTACTO CON NOSOTROS
ATTE SANTAMARIA BAEZA ABOGADOS
ALCOHOLEMIA ALICANTE – ELCHE – SAN VICENTE DEL RASPEIG – SAN JUAN – CREVILLENTE – SANTA POLA – ALCOY – BENIDORM

¿CÓMO FUNCIONA UN JUICIO RÁPIDO POR ALCOHOLEMIA?

En los casos en que los agentes policiales detectan una tasa de alcohol superior a la permitida, podemos enfrentarnos a:
multas, inmovilización de nuestro vehículo o retención de nuestra persona hasta que desciendan los niveles de alcohol.
Sin embargo, en los casos más graves, recibiremos una citación para nuestra comparecencia en un juicio rápido.
Que no es sino una modalidad procesal para la agilización del procedimiento judicial.
En este supuesto, recibiremos una citación para comparecer en el plazo de 5 días.
Y el juicio rápido comenzará con la lectura de nuestros derechos y la toma de nuestra declaración.

VENTAJAS DE UN JUICIO RÁPIDO FRENTE A OTROS JUICIOS

La principal ventaja que ofrece un juicio rápido por alcoholemia es la rapidez.
Y la posibilidad de reconocer los hechos y obtener así una reducción de un tercio de la pena.
En el supuesto de no proceder al reconocimiento de los hechos, las actuaciones se transformarán a un procedimiento más largo.
Con su posterior remisión de las actuaciones al juzgado de lo penal, proceso que puede alargarse aproximadamente entre 3-4 años.
Es importante tener en cuenta que al prestar la conformidad con los hechos ante el juez instructor, se dictará una sentencia condenatoria en juicio rápido contra la que no cabrá recurso alguno.

Abogado especialista accidente por alcoholemia Alicante Elche

¿Buscas abogado especialista accidente por alcoholemia Alicante Elche?

Conductor con botella de alcohol al volante

Somos especialistas en casos de alcoholemia

Hemos redactado el presente artículo con el objeto de dar a conocer todo lo relativo al proceso de alcoholemia tras dar positivo en un control, abogado especialista accidente por alcoholemia Alicante Elche . 

Cómo actuar desde el principio

El hecho de conducir un vehículo o una motocicleta bajo la influencia del alcohol o drogas.

O bien con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro, o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, es de los pocos delitos que casi cualquier persona normal y corriente puede llegar a cometer en algún momento de su vida.

Por eso es conveniente saber cómo actuar desde el principio y además conocer las consecuencias de la comisión de este delito.

Así y en primer lugar, cuando te para la Policía o la Guardia Civil y te hace «soplar», es absurdo negarse abiertamente a ello.

O bien simular que se está soplando cuando en realidad no se está soplando.

Y para así tratar de evitar que «te pillen», pues basta y para cometer este delito.

Con que se conduzca bajo la influencia del alcohol y sin necesidad de dar un determinado resultado en la prueba de alcoholemia.

Influencia la anterior para lo que es suficiente con que los agentes aprecien y así lo harán constar en el atestado.

Alguno de los síntomas típicos de conducir bebido y tales como:

no poder andar en línea recta, dificultades para mantener el equilibrio, habla balbuceante o repetitiva, pupilas dilatadas, olor a alcohol en el aliento, etc.

Luego y si se niega uno a soplar, directa o indirectamente, no habrá prueba de alcoholemia en su contra pero y no obstante ello, casi seguro que no evitaría el delito en cuestión.

Además añadirá otro delito distinto: el de desobediencia y con la consiguiente mayor pena que la apreciación conjunta de ambos delitos conllevaría.

En segundo lugar, decir que la referida prueba de alcoholemia ha de efectuarse con unas determinadas garantías en orden a su fiabilidad y que hay que conocer:

así, ha de repetirse la medición y con al menos diez minutos de separación entre ambas; se puede dejar constancia en el atestado de todas las alegaciones que se estimen oportunas por nuestra parte y en relación a todo ello;

Pero esta prueba de contraste no es aconsejable el solicitarla siempre y sin más.

Si la misma finalmente confirma la anteriormente efectuada (lo que normalmente ocurre y máxime cuando se han sobrepasado ampliamente los citados topes máximos de alcohol en aire o en sangre).

Su coste correrá a cargo de quien la ha solicitado.

Una vez que ya nos han realizado las pruebas de alcoholemia y las mismas han dado positivo, tdo ello se incorpora en el atestado policial .

 

Llegado el caso; juicio rápido

Tras su realización, se remite sin demora al Juzgado, quien en este caso y por regla general, tramita el denominado «juicio rápido».

Y el que, como su propio nombre indica, se tramita y resuelve en dos o tres semanas como mucho, a veces en varios días solamente.

Por eso resulta necesario asesorarse con un abogado especialista accidente por alcoholemia Alicante Elche desde el principio y además con carácter inmediato.

Casi todos estos juicios rápidos suelen acabar con el reconocimiento de los hechos por parte del conductor.

Si las pruebas de alcoholemia dan positivo y aparte de las mismas, la sintomatología que presentaba el conductor era la típica del conductor ebrio.

Lo que ocurre en la mayoría de los casos, pocas posibilidades de defensa suelen existir en estos casos.

Ello aparte de que y si se reconocen los hechos, se impondrá la pena mínima rebajada además la misma en un tercio.

Pero es que y además, el Código Penal prevé para este concreto delito y aparte de una pena siempre obligatoria.

Como lo es en este caso la de privación del permiso de conducir, otras tres penas distintas y alternativas:

la de prisión, la de multa o la de trabajos en beneficio de la comunidad.

 

Reconocer el hecho puede rebajarnos la pena

Y al reconocerse los hechos no solamente se puede conseguir una rebaja en la pena, sino que hay más margen para poder elegir la pena.

Así, la pena de prisión es la que a priori puede dar más miedo, pero normalmente si es el primer delito que se comete y no hay indemnizaciones a satisfacer (si te pillan conduciendo bebido en un control pero no a raíz de un accidente de tráfico, no las habrá).

Se suele suspender la ejecución de dicha pena pero sólo si en los, normalmente, dos años siguientes, no se comete cualquier otro delito.

Luego la pena de prisión quedaría en nada si asumimos a cambio el riesgo de que en esos dos años no volvemos a cometer ningún error más.

La de trabajos en beneficio de la comunidad suele ser la más demandada en la práctica.

Pero cada vez se aplica menos porque actualmente hay muchos más condenados con esa pena que plazas disponibles para poder cumplirlas, lo que implica que muchas de dichas penas se extingan sin cumplirse.

Por eso directamente no se suelen aplicar ya y aunque estén previstas legalmente para el delito en cuestión y se pidan por el condenado.

En definitiva, que para poder rebajar la pena a imponer a lo mínimo que se pueda así como también para tratar de conseguir que de esas tres penas citadas.

Finalmente nos impongan la que más nos convenga en cada caso, es imprescindible valerse de un abogado.

Para finalizar, decir que si se le condena por este delito, no se le puede imponer a la vez una sanción en vía administrativa (la que consiste en una multa).

Y por estos mismos hechos, y en el caso de que se te haya impuesto ya dicha sanción administrativa.

Tienes derecho a que se te devuelva o bien a que se te descuente de la multa que por el delito en cuestión te hayan podido llegar a imponer.

Abogado experto tráfico alcoholemia Alicante Elche

Abogado experto tráfico alcoholemia Alicante Elche

Conductor con cerveza en mano

NOCIONES BÁSICAS DEL DELITO COMUNMENTE CONOCIDO COMO ALCOHOLEMIA

En Santamaría Baeza Abogados le garantizamos su derecho a una defensa justa, abogado experto tráfico alcoholemia Alicante Elche .
Garantizamos procedimientos judiciales adecuados.
Los delitos contra la Seguridad Vial están recogidos en el Código Penal español, concretamente en los artículos 379 a 385.
Conducir superando la tasa de alcoholemia permitida es una infracción grave. Pero son muchos más los delitos que se recogen en estos artículos. Un abogado experto en alcoholemia y Derecho Penal es imprescindible para defender sus derechos en este tipo de delitos.
Si desea contactar abogado experto tráfico alcoholemia Alicante Elche le atenderemos con eficacia.
Le ofrecemos un servicio de asesoramiento legal urgente ante cualquier situación que ponga en riesgo la Seguridad Vial.

REGULACION LEGAL

Artículo 379 CODIGO PENAL

1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

 

 

¿Cuándo contratar abogados especialistas en alcoholemia en Alicante Elche?

El Código Penal establece como delito conducir bajo los efectos del alcohol. En el municipio de Elche se realizan infinidad de controles de alcoholemia cada semana para garantizar la seguridad en las carreteras tanto de Alicante como de Elche y el resto de la provincia.
Estos controles rutinarios, que llevan a cabo la Guardia Civil y la Policía local y el objetivo es garantizar que los conductores no infringen la ley.
Si la tasa de alcohol sea superior a 0,60 mg/l en aire expirado o 1,2 g/l en sangre, se considerará en un delito. Esto conlleva una causa penal, dejando de ser una sanción administrativa, es decir, no se pierden puntos del carné, SE PIERDE EL CARNÉ, además del resto de pena como prisión  o multa.Las consecuencias que alberga un resultado positivo en un control de alcohol o drogas pueden ser extremadamente negativas. Por este motivo es tan importante contactar con especialistas en alcoholemia a la mayor brevedad.

Funcionamiento del juicio por rápido por alcoholemia

Normalmente este tipo de delito suelen empezar con atestados realizados por al Guardia Civil o la Policía Local, la cual nos ha parado en un control aleatorio y hemos dado + de 0.60 mg por aire espirado, o nos hemos visto implicados en un accidente y hemos dado + de 0.25 mg por aire espirado.

La policía nos tomará declaración en el momento de la infracción y redactará un atestado que lo remitirá AL JUZGADO del lugar donde se ha cometido la infracción (donde se haya hecho el control o donde se hubiera producido el accidente) y éste en unos días nos citará para declarar COMO INVESTIGADOS POR UN DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL a dicha declaración debemos ir CON ABOGADO, por lo que acudir con un abogado especialista en alcoholemias es de capital importancia para ir preparando la defensa.

Sanciones por alcoholemia positiva

Las sanciones que se pueden imponer si existe un delito penal por alcoholemia son variables.
Dependen de la tasa de alcohol que arroje el aparato y de otras condiciones, como si se ha provocado accidente, si existe conducción temeraria, efectos de otras drogas, etc.
Con carácter general este tipo de delitos conllevan una multa, que oscila entre los 600 y 1000 euros (fraccionables en varios plazos), la retirada del permiso de conducir durante un mínimo de 12 meses y la ejecución de trabajos en beneficio de la comunidad (que sustituirían la pena de prisión).PARA MAS INFORMACION PUEDE PONERSE EN  CONTACTO CON NOSOTROS
SANTAMARIA BAEZA ABOGADOS

¿ Buscas un abogado especializado en Indemnizaciónes de accidente de tráfico debido a la alcoholemia ?

Si buscas un abogado especializado en Indemnizaciones de accidente de tráfico debido a la alcoholemia, lee atentamente nuestro post y estate al día de todos tus derechos

una persona haciendo un control de alcoholemia

Indemnización por accidente de tráfico con alcoholemia

Cada día aumentan más el número de controles de alcoholemia en las carreteras españolas. El alcohol sigue siendo uno de los factores de mayor riesgo de accidente de tráfico y por ello la DGT trata de combatirlo durante todo el año y reforzándolo en las campañas de navidad, semana santa y verano. Aun así, la mayor razón de accidentes en la actualidad es el consumo excesivo de alcohol, llevándose consigo muchas vidas.

Indemnizaciones de accidentes por alcoholemia

Principalmente por las noches, los accidentes de tráfico son más comunes, ya no solo por la falta de visión por la oscuridad sino porque es más frecuente que conduzca bajo los efectos del alcohol.

Aunque el conductor no sea consciente y tenga la sensación de controlar la conducción, es un hecho que los reflejos se ven mermados ante el consumo de alcohol así como la sensación de riesgo y la capacidad de reacción se ve reducida por lo que las probabilidades de colisión aumentan considerablemente. Una vez se produce una colisión, la guardia civil acude al lugar del siniestro con el vehículo de atestados para proceder a realizar el parte del accidente así como para efectuar la prueba de alcoholemia y de drogas que determinará si alguno de los implicados tiene mayor tasa de alcohol que la permitida por la ley.

Casos de accidentes de tráfico con alcoholemia

Existen tres supuestos en los casos de siniestro por alcohol en la carretera. En función de cada caso se tiene derecho a solicitar una indemnización o la obligación de pagar una compensación por lo ocurrido.

Conductor ebrio

Si el conductor del accidente supera la tasa de alcohol y ha sufrido lesiones, podrá solicitar indemnización única y exclusivamente si la otra parte del siniestro también está ebria. De lo contrario, si es el único responsable no tendrá a derecho de compensación por daños físicos ni materiales

Ocupantes del vehículo con conductor ebrio

Los ocupantes del vehículo tendrán derecho en todos los casos a recibir una compensación económica por daños. Da igual si la culpa del accidente sea del conductor de su coche o del otro coche, en todo momento el seguro del responsable en estado ebrio deberá pagar la indemnización correspondiente a todo aquel ocupante que haya sufrido alguna lesión en el accidente

Conductor sin estado de embriaguez

En caso de no superar la tasa de alcohol en sangre por parte del conductor, la culpa pasa directamente al contrario si está en estado de embriaguez. En ese caso, el conductor inocente tiene derecho a una indemnización por daños tanto físicos como materiales.

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Abogados especialistas en indemnización de incidentes de tráfico con alcohol en ALICANTE Y PROVINCIA

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El seguro no puede reclamar a un conductor bebido si éste no firmó que la póliza no cubría esta circunstancia

Responsabilidad civil , trafico y seguros

un accidente de trafico junto a un señor arrepentido

En el presente post vamos a analizar una sentencia muy reciente y muy importante del ámbito del derecho de seguros y responsabilidad civil.

En primer lugar para comprender la importancia de la sentencia debemos tener en cuenta lo que se estaba aplicando con anterioridad a ella, pues antes, cuando se producía un accidente y el conductor había consumido bebidas alcohólicas o cualquier otro tipo de sustancias estupefacientes, nuestro seguro abonaba todos los daños que hayamos ocasionado a terceros, pero, después nos reclamará a nosotros dicho importe por haber tenido el accidente debido a ir bajo los efectos del alcohol, que no estaba cubierto en nuestra poliza, y no teníamos más remedio que abonarlo.

Ahora bien, el TSJ de cantabria, en su sentencia de 30 de noviembre de 2018, establece que el seguro no puede reclamar a un conductor bebido si éste no firmó que la póliza no cubría esta circunstancia

Así, la Audiencia Provincial de Cantabria ha desestimado el recurso de apelación presentado por una compañía aseguradora contra un cliente a quien reclamaba el abono de la indemnización que el seguro había pagado a la víctima de un accidente de tráfico ocasionado por el asegurado.

 

La compañía de seguros quería ejercer la acción de repetición contra su asegurado, ya que cuando éste provocó el accidente de circulación se encontraba bajo los efectos del alcohol y, por este motivo, fue condenado en juicio rápido como autor de un delito contra la seguridad vial.

Pero el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santander no le dio la razón al aplicar la jurisprudencia del Tribunal Supremo que exige una doble firma en los contratos: una para el contrato globalmente considerado y otra para las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, entre las que se encuentra la exclusión de cobertura en caso de embriaguez.

El juzgado desestimó la demanda de la aseguradora y ésta decidió apelar ante la Audiencia Provincial de Cantabria, que ahora respalda la decisión del magistrado de instancia.

La exclusión de cobertura por conducir bebido es una cláusula limitativa

Recuerda el órgano de apelación que el Tribunal Supremo ha establecido que “las cláusulas que excluyen en la póliza de seguro voluntario los accidentes producidos en estado de embriaguez deben considerarse como limitativas de los derechos de los asegurados, debiendo ser expresamente aceptadas por los mismos y destacarse de manera clara y precisa”.

En este sentido, “no es aplicable tal derecho de repetición al seguro voluntario”, que sí existe en el seguro obligatorio, “salvo que así se haya pactado”.

Como tal cláusula limitativa, para que sea válida debe cumplir dos requisitos: “ser destacada de modo especial y ser aceptada por escrito”, con la finalidad de que “el asegurado tenga conocimiento exacto del riesgo cubierto”.

Esa aceptación por escrito, recuerda la Audiencia, supone que la firma del tomador del seguro “no debe aparecer solo en el contrato general, sino también en las condiciones particulares, que es el documento donde habitualmente deben aparecer las cláusulas limitativas de derechos”.

Causas heterogéneas de exclusión sin una mínima separación para distinguirlas visualmente

En el caso analizado, la Audiencia subraya que el contrato no contenía cláusulas limitativas y que la exclusión por conducir bebido se encontraba entre las condiciones generales, junto a otras causas de exclusión heterogéneas y de un modo que no permitía distinguirlas claramente.

“Partiendo de la absoluta omisión de las cláusulas limitativas en las condiciones particulares, resulta que la exclusión por conducción en estado de embriaguez no sólo no aparece destacada en las condiciones generales de forma que se garantice su conocimiento y entendimiento por parte del tomador, sino que se incluye bajo el epígrafe ‘Exclusiones generales para todas las modalidades’, en un formato uniforme en el que se transcriben sin solución de continuidad hasta trece causas heterogéneas de exclusión, sin una mínima separación entre las mismas que permita distinguirlas siquiera visualmente”.

“En consecuencia, la firma que obra al pie de página no puede entenderse como específica asunción, por parte del tomador, de la concreta cláusula en la que la entidad aseguradora sustenta su derecho de repetición”, concluye la sentencia.

En conclusión esta sentencia da una causa mas de oposición cuando la aseguradora nos reclama el importe que ha tenido que abonar a terceros, para no tener que abonar dicha cantidad.

ABOGADOS EN ALICANTE – ACCIDENTES DE TRAFICO- RSPONSABILIDAD CIVIL – SEGURO

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