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Santamaría Baeza Abogados es un despacho jurídico con sede en Alicante especializado en Derecho de Familia. Asesoramos y representamos a particulares en procesos de divorcio, separación, custodia, pensiones, capitulaciones matrimoniales y herencias en toda la provincia de Alicante: Alicante capital, Elche, San Vicente del Raspeig, San Juan, Mutxamel, El Campello, Torrevieja, Benidorm, Dénia, Calpe, Alcoy, Orihuela, Santa Pola y Villajoyosa. Trabajamos con cercanía, rigor técnico y la experiencia que tu situación familiar necesita.
Abogados de Familia en Alicante: cómo te ayudamos
El Derecho de Familia regula las relaciones jurídicas derivadas del matrimonio, la pareja de hecho, la filiación y el parentesco. Cuando una de estas relaciones entra en crisis (separación, divorcio, conflicto en torno a los hijos, fallecimiento de un familiar), las consecuencias jurídicas son inmediatas y, en muchos casos, irreversibles. Por eso es fundamental contar con un abogado especialista que combine conocimiento técnico del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil con sensibilidad humana.
En Santamaría Baeza Abogados intervenimos en cualquier fase del proceso: asesoramiento inicial, negociación entre las partes, redacción de convenios reguladores, demandas judiciales, ejecución de sentencias y modificación de medidas. Solicita una consulta inicial y analizaremos tu caso de forma personalizada.
Tipos de divorcio en España: ¿cuál se adapta a tu caso?
La Ley 15/2005, de 8 de julio, eliminó la necesidad de alegar causa para divorciarse e introdujo el conocido como «divorcio express». Hoy, los cónyuges pueden disolver el vínculo matrimonial por tres vías principales:
1. Divorcio de mutuo acuerdo (divorcio express)
Procede cuando ambos cónyuges están de acuerdo en disolver el matrimonio y en las condiciones de la ruptura. Se regula en el artículo 86 y siguientes del Código Civil y en los artículos 777 y 778 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se requiere haber estado casados un mínimo de tres meses y presentar una propuesta de convenio regulador.
El plazo medio en los Juzgados de Familia de Alicante es de 2 a 4 meses. Cuando no hay hijos menores ni mayores con discapacidad, el divorcio puede tramitarse ante notario en una sola semana, conforme a la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria.
2. Divorcio contencioso
Es la vía cuando no existe acuerdo entre los cónyuges en al menos uno de los aspectos esenciales: custodia, pensiones, uso de la vivienda o liquidación del patrimonio. El procedimiento se inicia con demanda y se sustancia ante el Juzgado de Familia competente. El plazo medio supera los 12 meses y exige una estrategia procesal sólida desde el primer escrito.
3. Separación matrimonial
La separación, regulada en los artículos 81 a 84 del Código Civil, suspende la convivencia pero no disuelve el vínculo. Es una opción para quienes, por motivos personales, religiosos o económicos, prefieren no romper definitivamente. Puede ser de mutuo acuerdo o contenciosa.
Custodia compartida en Alicante: requisitos y criterios actuales
La custodia compartida, regulada en el artículo 92 del Código Civil, ha pasado de ser la excepción a ser el régimen preferente según reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo (entre otras, STS 257/2013, de 29 de abril). Para que un juez la acuerde, se valoran los siguientes criterios:
- Implicación previa real de ambos progenitores en el cuidado de los hijos.
- Cercanía de los domicilios y compatibilidad de horarios laborales.
- Aptitud parental acreditada y ausencia de conflicto grave entre los progenitores.
- Opinión del menor cuando tenga suficiente juicio (preceptiva a partir de los 12 años).
- Informe favorable del Ministerio Fiscal y, en su caso, del equipo psicosocial adscrito al Juzgado.
El artículo 92.7 del Código Civil excluye expresamente la custodia compartida cuando uno de los progenitores esté incurso en un proceso penal por atentar contra la vida, integridad física, libertad o indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos. Asesoramos también en modificación de medidas cuando cambian las circunstancias que motivaron la sentencia inicial (artículo 775 LEC).
Pensión de alimentos: cómo se calcula en 2026
La pensión de alimentos a favor de los hijos menores o mayores económicamente dependientes está regulada en los artículos 142 a 153 del Código Civil. Para fijar su cuantía, los Juzgados de Alicante atienden a:
- Las necesidades reales del hijo (alimentación, vivienda, vestido, educación, sanidad y ocio).
- La capacidad económica del progenitor obligado (ingresos netos, patrimonio y cargas).
- Las tablas orientadoras del Consejo General del Poder Judicial, que sirven de referencia pero no son vinculantes.
- El reparto de gastos extraordinarios (médicos no cubiertos, actividades extraescolares, etc.).
La obligación de prestar alimentos no se extingue automáticamente con la mayoría de edad: subsiste mientras el hijo carezca de ingresos propios suficientes y mantenga una actitud diligente en su formación (STS 700/2014, de 21 de noviembre). Si las circunstancias económicas varían sustancialmente, es posible solicitar la modificación de la pensión de alimentos.
Pensión compensatoria al cónyuge
Distinta de la pensión de alimentos es la pensión compensatoria del artículo 97 del Código Civil, prestación económica que se reconoce al cónyuge al que la ruptura produce un desequilibrio económico respecto a su situación durante el matrimonio. Para determinar su cuantía y duración, el juez valora la edad y estado de salud, la cualificación profesional, la duración del matrimonio, la dedicación pasada y futura a la familia, los medios económicos y necesidades de cada cónyuge, entre otros criterios. Puede ser temporal, vitalicia o satisfacerse mediante pago único.
Convenio regulador y liquidación del régimen económico matrimonial
El convenio regulador (artículo 90 del Código Civil) es la piedra angular del divorcio de mutuo acuerdo. Debe contener, como mínimo, el régimen de custodia y visitas, las pensiones, la atribución del uso de la vivienda familiar y, cuando proceda, la liquidación del régimen económico matrimonial. Una redacción técnica y previsora evita litigios futuros.
Asesoramos asimismo en la liquidación de la sociedad de gananciales (artículos 1392 y siguientes del Código Civil), en la disolución de comunidades de bienes y en el otorgamiento de capitulaciones matrimoniales prenupciales o postnupciales para quienes desean modificar su régimen económico.
Herencias y sucesiones en Alicante
El fallecimiento de un familiar abre un proceso jurídico complejo: aceptación de herencia, partición, pago del Impuesto de Sucesiones y, en su caso, conflictos entre coherederos. Nuestro despacho ofrece asesoramiento integral en sucesiones, con áreas específicas que puedes consultar a continuación:
- Herencias: aceptación pura y simple, a beneficio de inventario y partición.
- Tipos de testamento: abierto, cerrado, ológrafo y especiales.
- El proceso sucesorio: pasos y documentación necesaria.
- Herencias sin testamento: declaración de herederos abintestato.
- Impugnación de testamento: causas y plazos.
En la Comunidad Valenciana es de aplicación el Derecho Civil estatal en materia sucesoria, así como las particularidades fiscales autonómicas en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, donde existen importantes bonificaciones para familiares directos.
Otros servicios de Derecho de Familia
- Reclamación transfronteriza de pensiones (Reglamento UE 4/2009).
- Sustracción internacional de menores (Convenio de La Haya de 1980).
- Adopciones nacionales e internacionales.
- Filiación, paternidad y reclamación de paternidad (artículos 108 y ss. CC).
- Incapacitaciones y curatela tras la reforma de la Ley 8/2021.
- Violencia de género e intrafamiliar: solicitud de medidas de protección y representación de víctimas.
Cobertura en Alicante y provincia
Atendemos asuntos de familia ante los Juzgados de Familia de Alicante, la Audiencia Provincial de Alicante y los Juzgados de Primera Instancia de toda la provincia: Elche, San Vicente del Raspeig, Torrevieja, Benidorm, Dénia, Calpe, Alcoy, Orihuela, Villena, Novelda y municipios limítrofes. Si vives o trabajas en cualquier punto de la provincia, podemos asistirte presencialmente o a través de videoconferencia.
¿Por qué elegir Santamaría Baeza Abogados?
- Especialización exclusiva en Derecho de Familia, herencias y otras áreas afines.
- Trato personalizado: tu caso lo lleva siempre el mismo abogado, no un equipo cambiante.
- Transparencia económica: presupuesto cerrado y por escrito antes de iniciar el procedimiento.
- Resolución extrajudicial siempre que sea posible para reducir tiempos, costes y desgaste emocional.
- Contamos con áreas complementarias como Derecho Inmobiliario, Derecho Bancario y Derecho Penal para abordar todas las aristas de un conflicto familiar.
Preguntas frecuentes sobre Derecho de Familia
¿Cuánto cuesta un divorcio en Alicante?
El coste depende del tipo de procedimiento. Un divorcio de mutuo acuerdo suele oscilar entre 600 y 1.500 € de honorarios por las dos partes (un solo abogado y procurador) más tasas y certificaciones. Un divorcio contencioso varía entre 1.800 y 4.500 € por parte. En la consulta inicial entregamos presupuesto cerrado y por escrito.
¿Cuánto tarda un divorcio en los Juzgados de Alicante?
Un divorcio de mutuo acuerdo tarda 2 a 4 meses de media. Un contencioso, entre 10 y 18 meses en primera instancia. El divorcio notarial (sin hijos menores ni dependientes) puede formalizarse en una semana.
¿Es obligatorio contratar abogado para divorciarse?
Sí. El artículo 750 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige asistencia letrada y representación de procurador en todos los procedimientos matrimoniales, salvo el divorcio notarial sin hijos comunes.
¿Se puede modificar la custodia o la pensión tras la sentencia?
Sí, mediante el procedimiento de modificación de medidas (artículo 775 LEC), siempre que se acrediten cambios sustanciales en las circunstancias que motivaron la sentencia inicial: cambio de trabajo, traslado de domicilio, variación significativa de ingresos, nuevas necesidades del menor, etc.
¿A quién corresponde el uso de la vivienda familiar tras el divorcio?
El artículo 96 del Código Civil atribuye, con carácter general, el uso de la vivienda al cónyuge a cuyo cargo queden los hijos menores hasta que éstos alcancen la independencia económica. La atribución tiene excepciones y, en muchos casos, se acuerda en convenio regulador con plazos y condiciones específicas.
¿Cuándo procede la pensión compensatoria?
Procede cuando la ruptura produce a uno de los cónyuges un desequilibrio económico respecto a la situación durante el matrimonio (artículo 97 CC). No se reconoce automáticamente: hay que probar el desequilibrio y solicitar expresamente en la demanda.
¿Puedo desheredar a un hijo?
Solo es posible por las causas tasadas de los artículos 853 y 854 del Código Civil (maltrato de obra, injurias graves, negar alimentos sin motivo legítimo, etc.). La desheredación debe hacerse en testamento, expresando la causa, y puede ser impugnada por el desheredado, recayendo en este caso la carga de la prueba en los herederos.
¿Cuánto tarda tramitarse una herencia en Alicante?
Una sucesión sin conflicto, con testamento y todos los herederos de acuerdo, puede formalizarse en 2-4 meses. Una herencia abintestato (sin testamento) o con disputas entre coherederos puede prolongarse uno o varios años. Hay un plazo de 6 meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones, prorrogable seis meses más.
Pide una consulta con nuestros abogados de familia
Si necesitas asesoramiento jurídico en materia matrimonial, custodia, pensiones o sucesiones, ponte en contacto con nosotros. Analizaremos tu caso, te explicaremos las opciones y te entregaremos un presupuesto cerrado por escrito. Más sobre el despacho en La Firma o en nuestro blog de noticias jurídicas.
Separación y Divorcio
Derecho previo al Matrimonio así como al Derecho Internacional Privado
Reclamación transfronteriza de pensiones.
Atribución de guarda y custodia de menores. Plan de parentalidad y custodia compartida