Calculadora de indemnización por accidente de tráfico

Calculadora orientativa de indemnización por accidente de tráfico

Estime de forma rápida la cuantía aproximada que podría corresponderle conforme al Baremo de la Ley 35/2015, con las cuantías actualizadas para el ejercicio 2026 (Resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones de 3 de febrero de 2026, BOE de 18 de febrero de 2026). Rellene los datos del siniestro y obtendrá una estimación con y sin descuento de honorarios profesionales.

1. Lesiones temporales (días de baja)

2. Secuelas permanentes

3. Otros conceptos

4. Defensa jurídica

Si tiene defensa jurídica, recibe el 100% de la indemnización. Si no, nuestros honorarios son del 15% + IVA sobre el importe obtenido (lema «si usted no cobra, nosotros tampoco» — sin provisión de fondos).

Estimación orientativa de indemnización

Indemnización bruta estimada
0 €
Si dispone de defensa jurídica que cubra honorarios, percibirá el 100%.
Cantidad neta para usted
0 €
Tras descuento de honorarios (15% + 21% IVA = 18,15%).
 
⚠ Aviso importante: Esta estimación es orientativa y no vinculante. Las cuantías por lesiones temporales aplicadas son las publicadas por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para el ejercicio 2026 (Resolución de 3 de febrero de 2026, BOE de 18 de febrero de 2026), que actualizan en un 2,9 % las del ejercicio anterior. Las cuantías por secuelas se ofrecen como estimación aproximada y no reproducen la tabla 2.A.2 oficial; los puntos solo pueden fijarse mediante informe médico pericial y, cuando concurren varias secuelas, no se suman aritméticamente (fórmula de Balthazard, art. 98 LRCSCVM). No se incluyen el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida (tabla 2.B), la ayuda de tercera persona ni el lucro cesante calculado actuarialmente. Conforme al art. 40 LRCSCVM, el sistema aplicable es el vigente a la fecha del accidente, si bien las cuantías se actualizan al momento del acuerdo o de la resolución judicial. La indemnización real depende del informe médico-pericial, las circunstancias concretas del siniestro, la responsabilidad y, en su caso, de la decisión judicial. Para una valoración acreditada y personalizada de su caso, consulte gratuitamente con nuestros abogados.

Calculadora desarrollada por Santamaría Baeza Abogados — Abogados especialistas en accidentes de tráfico en Alicante. Cuantías conforme al sistema de valoración del Título IV del Real Decreto Legislativo 8/2004 (Ley 35/2015), actualizadas para el ejercicio 2026 por Resolución de la DGSFP de 3 de febrero de 2026 (BOE de 18 de febrero de 2026). Vicente José Santamaría Baeza, colegiado nº 8.150 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Alicante (ICALI).

Preguntas frecuentes sobre el cálculo de la indemnización

¿Cuánto se cobra por día de baja tras un accidente de tráfico en 2026?

El Baremo de la Ley 35/2015 distingue cuatro grados de perjuicio personal por lesión temporal, con las cuantías actualizadas un 2,9 % para 2026 por Resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones de 3 de febrero de 2026 (BOE de 18 de febrero de 2026): perjuicio básico 39,20 €/día (art. 136 LRCSCVM); perjuicio moderado 67,96 €/día (art. 138.4); perjuicio grave 98,02 €/día (art. 138.3), grado que corresponde en todo caso a los días de hospitalización; y perjuicio muy grave 130,69 €/día (art. 138.2), que se aplica siempre al ingreso en UCI. Las intervenciones quirúrgicas se indemnizan aparte, entre 522,76 € y 2.091,05 € según la complejidad de la técnica, el tipo de anestesia y el riesgo evaluado (art. 140 LRCSCVM).

¿Es fiable una calculadora de indemnización por accidente de tráfico?

Sirve para hacerse una idea del orden de magnitud, no para fijar una cifra. Los días de baja se calculan con cuantías oficiales y son bastante precisos, pero los puntos de secuela solo puede fijarlos un informe médico pericial: ninguna calculadora puede sustituirlo. Además, cuando concurren varias secuelas no se suman aritméticamente, sino que se aplica la fórmula de Balthazard (art. 98 LRCSCVM). Trate el resultado como una estimación orientativa y no vinculante, y contrástelo con un abogado antes de aceptar cualquier oferta de la aseguradora.

¿Qué conceptos no recoge la calculadora?

Quedan fuera tres partidas que en lesiones de cierta entidad pueden ser muy relevantes: el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida (tabla 2.B del baremo), la ayuda de tercera persona y el lucro cesante calculado actuarialmente. Tampoco reproduce la tabla 2.A.2 oficial de secuelas, sino una aproximación. Por eso en grandes lesionados la diferencia entre la estimación y la indemnización real suele ser sustancial, siempre al alza.

¿Qué cuantías se aplican a mi accidente si ocurrió hace años?

Conforme al art. 40 LRCSCVM, el sistema de valoración aplicable es el vigente en la fecha del accidente, pero las cuantías se actualizan al momento del acuerdo o de la resolución judicial. Es decir: el régimen jurídico lo fija la fecha del siniestro y el importe se actualiza al momento del cobro. Esta distinción es habitual fuente de discrepancia con las aseguradoras.

¿Cómo se calculan los puntos de secuela?

Los puntos los asigna un médico especialista en valoración del daño corporal aplicando el baremo médico del Anexo de la Ley 35/2015, una vez alcanzada la estabilización lesional. El importe por punto no es lineal: crece con el número de puntos y decrece con la edad del lesionado. Cuando concurren varias secuelas se aplica la fórmula de Balthazard (art. 98 LRCSCVM), que da un resultado inferior a la suma simple. Sin informe pericial, cualquier cifra de puntos es una hipótesis.

¿Cuánto cobra el abogado y hay que pagar algo por adelantado?

En Santamaría Baeza Abogados no exigimos provisión de fondos: trabajamos bajo el modelo «si usted no cobra, nosotros tampoco». Los honorarios son del 15 % más IVA sobre el importe efectivamente obtenido, lo que supone un 18,15 % del total, y solo se devengan si se cobra la indemnización. Si su póliza incluye cobertura de defensa jurídica que cubra los honorarios, percibirá el 100 % de la indemnización.

¿Sirve de algo la cobertura de defensa jurídica de mi seguro?

Sí, y conviene revisarla siempre antes de reclamar: si la póliza cubre los honorarios de abogado, usted percibe íntegra la indemnización sin descuento profesional. Además, la ley reconoce al asegurado el derecho a la libre elección de abogado, de modo que no está obligado a aceptar el letrado que le proponga la compañía. Revise su póliza o envíenosla y se lo comprobamos sin coste.

¿Por qué la oferta de la aseguradora es menor que el resultado de la calculadora?

Es lo habitual. Las discrepancias más frecuentes son la clasificación a la baja de los días de perjuicio (por ejemplo, computar como básicos días que corresponden a grado grave por hospitalización), la reducción de los puntos de secuela respecto del informe pericial del lesionado, y la omisión del lucro cesante o de los gastos justificados. Revise siempre el desglose de la oferta motivada concepto por concepto antes de firmar: una vez aceptada, difícilmente podrá reclamar la diferencia.