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Pensión de alimentos en crisis económica o paro

Pensión de alimentos en crisis económica o paro

 

 

La pensión de alimentos es uno de los motivos por el cual nuestros abogados reciben muchas consultas una vez que ha transcurrido un periodo de tiempo tras la separación de la pareja. En ocasiones las circunstancias económicas del progenitor han empeorado, pero tiene que abonar la pensión a su hijo cada mes para sufragar los gastos básicos. Ese progenitor al no poder hacer frente a los gastos que antes sí podía, se pregunta si puede dejar de pagarla o puede reducirla.
Es importante saber que la pensión de alimentos que hay que aportar mensualmente viene precedida, o bien de la firma de un convenio regulador redactado por un abogado de divorcios de conformidad con los progenitores en el que se establece la aportación que hará uno de los progenitores de mutuo acuerdo y aprobado judicialmente, o en el caso de no llegar a un acuerdo los progenitores, se iniciará un procedimiento contencioso siendo el Juez quien establezca la pensión de alimentos que estime oportuna teniendo en cuenta el interés superior del menor o menores.

Entonces. ¿Qué ocurre cuando la situación económica del progenitor que está abonando la pensión ha cambiado ya sea por un paro laboral, desempleo o una crisis económica que provoque una situación económica adversa?
Lo primero que hay que recordar es que todo progenitor está obligado a cumplir las sentencias que establece la pensión de alimentos y en caso de no ser abonada la otra parte podrá interponer una demanda de ejecución de sentencia que obligue a la otra parte a cumplir lo acordado en el convenio regulador o lo establecido en la sentencia contenciosa.

En el caso de que exista una incapacidad económica, nuestro abogado de familia de Alicante, te asesorará jurídicamente para poder proceder a la reducción de la pensión de ser posible. Es conveniente hablar con la otra parte sobre la situación económica para poder llegar a un acuerdo amistoso y de esta forma realizar un nuevo cálculo de la pensión de alimentos de mutuo acuerdo. En el caso de que no se llegue a ningún acuerdo la única vía sería interponiendo una demanda de modificación de medidas de forma contenciosa. Para ello habrá que justificar que el empeoramiento económico no es transitorio ni buscado por el progenitor. Si la solicitud está bien justificada normalmente se admitirá la reducción de la pensión siempre y cuando no afecte al bienestar del menor.

¿Y si en vez de reducir la pensión de alimentos a mi hijo quiero suprimirla, es decir, no abonar ninguna cantidad?
Suprimir la pensión de alimentos o no abonar cantidad alguna es un supuesto muy complejo, el artículo 39.3 de la Constitución Española establece que los padres tienen el deber fundamental de prestar asistencia de todo tipo entre ellos la obligación de alimentos a los hijos que tengan durante la minoría de edad como en los demás casos que legalmente procedan. Por tanto, una supresión de la pensión de alimentos solo podría darse en el caso de que el progenitor se encuentre en una situación de pobreza absoluta y de exclusión social. Esta supresión se podría dar de forma temporal, produciéndose una revisión periódica económica.

La propia Sala primera Tribunal Supremo, el 2 de marzo de 2015 abordó esta situación desde una postura del poder público y la labor que tienen de protección social estableciendo que ante un escenario de pobreza absoluta que exigiría desarrollar aquellas acciones que resulten necesarias para asegurar el cumplimiento del artículo 39 de la Constitución Española, permitiendo proveer a los hijos tanto de las necesidades alimenticias presentes y futuras hasta que se consiga una solución al problema por parte de quienes están obligados a ofrecerla, en este caso los progenitores. Esto quiere decir que el Tribunal Supremo defiende que existan medidas de protección social por parte de los servicios públicos para aquellos progenitores que se encuentran en una situación de auténtica necesidad destinándose para ellos recursos de asistencia social, realizando programas de apoyo al desempleo para que la situación de esos progenitores cambie.
En definitiva, se puede decir que los progenitores tienen la obligación de asegurar el sustento básico de sus hijos independientemente de la situación económica que se esté atravesando, pero cabe una circunstancia excepcional y de carácter temporal cuando ese progenitor se encuentra en la situación de pobreza absoluta y de exclusión social sin tener ingreso alguno.
Para Cualquier duda que tenga no dude en contactar con nosotros. Le asesoraremos jurídicamente y buscaremos la mejor posibilidad en cualquiera de nuestros despachos de abogados en Alicante, abogados en Elche abogados en San Vicente del Raspeig, Abogados en Torrevieja, San Juan de Alicante, Dénia, aunque prestamos servicios a todo el territorio nacional.

Cuando el padre no es el padre

Negligencias médicas

Doctora

En el articulo de hoy vamos a tratar un nuevo caso de negligencia médica muy especial ocurrido en Cádiz.

 

Una pareja ha descubierto que el niño, concebido mediante un proceso de fecundación asistida en el Hospital Universitario Puerta del Mar de Cádiz en 2021, es biológicamente descendiente de la madre pero no del padre. En consecuencia, han tomado la determinación de presentar una demanda ante el Servicio Andaluz de Salud, con el fin de reclamar una indemnización económica y exigir la realización de una investigación exhaustiva para determinar si su caso, al que atribuyen una «grave negligencia médica», constituye un incidente aislado o si existen otras situaciones similares.

Los hechos se produjeron cuando una pareja residente en Andalucía fue incluida en un proceso de reproducción asistida en 2019 en el centro hospitalario gaditano, que permitió, dos años después, la captación de ovocitos para su posterior fecundación in vitro, seguida de la transferencia embrionaria tres días después.

El procedimiento resultó exitoso y el niño nació en buen estado de salud en el año 2021.

Los problemas surgieron cuando, ante los numerosos comentarios acerca de la falta de similitud física entre el padre y el hijo, una persona conocida tuvo acceso a la cartilla del infante y advirtió que el grupo sanguíneo no era compatible con la doble filiación de los progenitores. Esta situación llevó a la pareja a realizar una prueba de paternidad.

El resultado de dicha prueba confirmó que el bebé era efectivamente hijo de la madre, descartando así la posibilidad de un intercambio de niños, pero no del padre. Lo que a priori puede constituir  una prueba objetiva de que se cometió un grave error por parte del sistema de salud pública andaluza en el manejo de la muestra de semen del hombre durante el proceso de fecundación.

Contratar abogado de familia en Alicante

Una familia de papel

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LA IMPORTANCIA DEL ABOGADO EN DERECHO DE FAMILIA

Cuando existe algún tipo de conflicto familiar lo más recomendable es acudir a un especializado en derecho de familia en Alicante, pero el problema surge al determinar qué es un buen abogado de familia. Y decimos que lo más recomendable en buscar un abogado de familia, no únicamente un abogado, ya que por las especialidades de la materia un abogado de familia tiene que tener unas determinadas cualidades profesionales, dotes personales y conocimientos técnicos jurídicos que no están al alcance de cualquier profesional del derecho.

Y decimos también que es recomendable buscar un buen abogado de familia y no buenos abogados de familia, pues el buen profesional de familia es un profesional que trabaja en contacto directo con sus clientes, que ha de conocer de primera mano los problemas concretos de la familia concreta para llegar no a una solución sino a la mejor solución posible, por eso es recomendado acudir a un profesional que pudiendo contar o no en su despacho con más compañeros, se comprometa a atender personalmente a sus clientes, por eso es necesario un único abogado y no un equipo de abogados que impedirán el trato directo y personal con el cliente.

 

El buen abogado de familia ha de ser experto en su materia, materia que no es escasa pues a diferencia de la opinión común un abogado de familia no sólo es experto en nulidades matrimoniales, separaciones y divorcios, sino que ha de ser un auténtico experto en temas tan variados y diversos como la guardia y custodia de los menores, la custodia compartida, la liquidación de la sociedad matrimonial, la sustracción de menores (ya sea nacional o internacional), la modificación de medidas, equipos psicosociales, pensiones alimenticias, pensiones compensatorias, convenios reguladores, protocolo familiar, violencia de género, maltrato masculino y femenino, maltrato a menores, denuncias falsas, régimen de visitas, mediación familiar, casuística específica de las parejas de hecho, incapacitación civil… y tantas y tantas materias que afectan a la esfera más íntima de las personas.

 

Pero además un buen abogado de familia tiene que tener una buena trayectoria profesional en la que se tiene que aunar la experiencia suficiente, la especialización en la materia, y el conocimiento técnico, desaconsejándose a aquellos abogados que ante la pregunta de cualquier cliente contestan aquello de “yo llevo de todo”. Esta trayectoria profesional será la que genere la confianza debida en el cliente, confianza necesaria para poder plantear la mejor solución al caso concreto aunque dicha solución no sea la que inicialmente consideraba el cliente. Un buen abogado de familia tiene que tener la capacidad de plantear a su clientes soluciones que no se habían planteado hasta el momento y tiene que ser capaz de transmitir nuevos enfoques a los mismos problemas para poder llegar a mejores soluciones.

 

Un buen abogado de familia tiene que ser un buen abogado de menores cuando en los conflictos familiares existan hijos. Malo es todo aquel abogado de familia que ve únicamente a su cliente en aquél que le paga los honorarios, pues siempre que existan menores el abogado de familia tiene que tener claro que los hijos menores también son sus clientes, y además sus clientes preferentes.

 

Otra de las claves que distingue a un verdadero abogado de familia es que no ve a su cliente como a un cliente estándar con problemas estándar y con soluciones estándar. Un buen abogado de familia sabe que cada familia es una comunidad de intereses, valores y expectativas diferente a cualquier otra familia, y con mayor razón en los momentos de crisis familiar pues si bien es cierto que todas las familias felices lo parecen ser de la misma forma, sin embargo las familias y las parejas en crisis siempre lo son a su manera y con su casuística concreta.

 

Un buen abogado de familia ha de capaz de discernir los problemas presentes y los futuros, buscando soluciones a los presentes y evitando la generación de los futuros; para ello lo primero será trata de buscar una solución global, pero si esta no se puede conseguir el buen abogado de familia tendrá que parcializar los problemas e ir solucionándolos de forma independiente rompiendo en muchos casos la dinámica de los juzgados de familia y construyendo nuevos esquemas jurídicos para cada caso, luchando si es necesario por no vincular la guarda y custodia al uso de la vivienda, o los alimentos a la guarda y custodia, las comunicaciones al pago de los alimentos, etc., si con ello es capaz de dar solución real al problema planteado, teniendo siempre claro que tiene que primar el interés de los menores, y que en la relación entre los cónyuges, ex cónyuges o parejas ha de primar los principios de igualdad, compensación de desequilibrios, y corresponsabilidad parental.

 

Por último un buen abogado de familia ha de ser muchísimo más que un buen abogado, ha de ser un persona con grandes conocimientos psicológicos, ha de mostrar sinceridad absoluta, ha de tener sentido común, ha de ser razonable, ha de ser flexible en sus horarios de consultas, ha de ser cercano al cliente, ha de ser atento a las necesidades de los menores aunque nadie las manifieste, ha de ser un garante de la paz social y la paz familiar, ha de tener dotes de comunicación ante el cliente, ante su contrario y ante el juez.

 

Si busca entre sus familiares, amigos, compañeros y conocidos un buen abogado de familia cerciórese de que el abogado de familia que le recomiendan posea todas estas cualidades. Si por el contrario utiliza Google o cualquier otra herramienta de internet compruebe que el abogado con el que va a concertar una cita es especialista únicamente en derecho de familia, y comprueba igualmente si tiene la suficiente experiencia, pues el resto de virtudes no las podrá descubrir hasta la primera entrevista.

SANTAMARIA BAEZA ABOGADOS DERECHO DE FAMILI ALICANTE Y ELCHE

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¿Qué debes saber antes de buscar un abogado de familia?

Cuando existe algún tipo de conflicto familiar lo más recomendable es buscar un buen abogado de familia, pero el problema surge al determinar qué es un buen abogado de familia.

Un abogado de familia tiene que tener unas determinadas cualidades profesionales, dotes personales y conocimientos técnicos jurídicos que no están al alcance de cualquier profesional del derecho.

Un abogado de familia trabaja en contacto directo con sus clientes, de los que ha de conocer de primera mano los problemas concretos de la familia para llegar no a una solución sino a la mejor solución posible, por eso es recomendado acudir a un profesional que pudiendo contar o no en su despacho con más compañeros, se comprometa a atender personalmente a sus clientes, por eso es necesario un único abogado y no un equipo de abogados que impedirán el trato directo y personal con el cliente.

¿Para qué sirve un abogado de familia?

El abogado de familia se encarga de lo siguiente:

 

  • Aplicar los conceptos jurídicos en el ámbito de la familia.
  • Integración de la valoración moral de las técnicas jurídicas
  • Aplicación de las normas del Derecho de familia a un problema en particular.
  • El abogado de familia también se encarga de la resolución de aspectos jurídicos
  • Debate jurídico en un procedimiento de litigación oral.
  • Realiza los trámites requeridos en el ámbito de los tribunales de familia.

 

El buen abogado de familia ha de ser experto no sólo en nulidades matrimoniales, separaciones y divorcios, sino que ha de estar especializado en temas tan variados y diversos como la guardia y custodia de los menores, la custodia compartida, la liquidación de la sociedad matrimonial, la sustracción de menores (ya sea nacional o internacional), la modificación de medidas, equipos psicosociales, pensiones alimenticias, pensiones compensatorias, convenios reguladores, protocolo familiar, violencia de género, maltrato masculino y femenino, maltrato a menores, denuncias falsas, régimen de visitas, mediación familiar, casuística específica de las parejas de hecho, incapacitación civil… y tantas y tantas materias que afectan a la esfera más íntima de las personas. 

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