Custodia compartida del perro tras el divorcio

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Dueño paseando a su perro - Santamaria Baeza Abogados

Custodia compartida de la mascota-  derecho de familia

Hoy nos hacemos eco de una interesante noticia ocurrida en Valladolid, y es que un juez a establecido judicialmente la custodia compartida de un perro que era propiedad de ambos cónyuges.

El juez de Primera Instancia se pronuncia de este modo sobre el fin de un «bien semoviente» como es el perro, y que es un tema que genera muchos problemas a la hora de decidir quien se ocupa de él tras la separación o el divorcio.

Como todos los divorcios o separaciones, si no se llega a un acuerdo sobre el reparto de los bienes que son comunes a ambos por medio de un convenio regulador, el juez decidirá en sentencia.

En el presente asunto se interpuso demanda por parte de la mujer frente a su expareja y en la misma se solicitaba como medida que se fijara su derecho a tener al animal, que fue adquirido en enero de 2015 durante el periodo de convivencia de la pareja.

Sin embargo, en febrero de 2017 la mujer se marchó del domicilio en el que residía con su pareja, acordando entre ambos un disfrute compartido y el abono del 50% de los gastos del animal. Entre ellos se encontraba además de la alimentación, las vacunas y medicinas necesarias para el bienestar del perro.

En estas circunstancias en las que el Juzgado ha tenido que pronunciarse por entender que el animal no puede dividirse, y considera que a pesar de que administrativamente el perro figura a nombre del hombre debido a que por temas administrativos el chip solo permite recoger el nombre de un propietario, la copropiedad es de ambos, por lo que se estableció una custodia compartida de 15 días para cada dueño y deberían de hacer el intercambio en un PUNTO DE ENCUENTRO.

Dicho caso no es el único, pues cada día son mas los casos similares a los que se encuentran los juzgados.

 

Debemos de tener en cuenta que  en casi la mitad de los hogares españoles (49,3%) hay una mascota, lo que produce que en caso de separación o divorcio, casi siempre este implicada en mayor o menor medida, una mascota.

Por eso, ya no es extraño encontrarse disputas sobre la tenencia de los animales de compañía en caso de divorcio. ¿Qué hacer si no llegamos a un acuerdo con nuestra ex-pareja? ¿Cuáles son nuestros derechos para reclamar la custodia de algún animar?

¿De común acuerdo o por vía legal?

La primera opción antes de aventurarnos en la vía judicial, es intentar llegar a un acuerdo amistoso sobre quién se queda con la mascota. De esta manera, nos evitaremos los gastos derivados del juicio y también los nervios y dolores de cabeza. Sin embargo, si el acuerdo no se produce se pueden emprender acciones legales e ir a juicio.

Desde el punto de vista del derecho los animales de compañía son «bienes» y como tales pueden repartirse a la hora de la separación.

 

La custodia compartida

La medida de custodia compartida siempre debe acordarse teniendo en cuenta criterios de interés de los miembros de la familia y el bienestar del propio animal.

Normativa

Ademas de nuestro código Civil, también se recoge este tema como principio general dentro de la Unión Europa,  mediante el Tratado de Lisboa, «en el que se exige que los estados respeten las exigencias en materia de bienestar de los animales como seres sensibles».

Las mascotas no son cosas

Por último, hay que recordar que los animales no son cosas, aunque jurídicamente se regulen como tal, lo que implica que en determinados aspectos no se aplique supletoriamente el régimen jurídico de las cosas, sino que se ha respetar su cualidad de ser sensible»,

Santamaria abogados Alicante

especialistas en derecho de familia, divorcio y separaciones

Alicante

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