Daño psicológico tras accidente de tráfico en Alicante: estrés postraumático e indemnización

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No todas las secuelas de un accidente de tráfico son visibles. Miedo a conducir, pesadillas recurrentes, ansiedad en cuanto se escucha un frenazo, bloqueos emocionales, episodios de plánico en la vía pública… El llamado daño psicológico es una consecuencia real y frecuente tras un siniestro de tráfico, y la ley reconoce su derecho a ser indemnizado. Sin embargo, para que la aseguradora lo valore adecuadamente hay que saber documentarlo y acreditarlo. En Santamaría Baeza Abogados, como despacho especializado en accidentes de tráfico en Alicante, trabajamos con peritos médicos y psiquiátricos independientes que permiten cuantificar el daño psicológico con rigor.

Qué secuelas psicológicas reconoce el baremo

La Ley 35/2015, por la que se aprueba el sistema de valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, contempla expresamente el daño psicológico dentro de las secuelas. Las más habituales son:

  • Trastorno por estrés postraumático (TEPT): clásico de víctimas de accidentes graves. Se caracteriza por reexperimentación (flashbacks), evitación y activación fisiológica elevada.
  • Trastorno ansioso-depresivo reactivo: sintomatología mixta con predominio de ansiedad o del ánimo bajo.
  • Fobia específica a conducir o viajar: evitación persistente con interferencia significativa en la vida diaria.
  • Trastorno adaptativo: dificultad de adaptación a la nueva situación vital cuando hay secuelas físicas importantes.
  • Somatización: manifestación corporal de malestar psicológico (contracturas, cefaleas tensionales, trastornos del sueño).

¿Cómo se puntuáa la secuela psicológica?

El baremo asigna una puntuación por secuela en función de su gravedad, que después se traduce en euros según la edad del lesionado y el año de estabilización. Las secuelas psicológicas suelen puntuarse entre 1 y 10 puntos, pudiendo llegar a 20-30 en trastornos especialmente graves. A la cifra principal se suman, cuando procede, el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida y el perjuicio personal particular por impacto en las relaciones familiares, sociales y laborales.

La importancia del perito psiquiátrico independiente

La aseguradora suele encargar la valoración del daño psicológico a médicos contratados por ella misma. Estos profesionales, sin perjuicio de su honestidad, trabajan con los criterios más restrictivos posibles. Por eso la prueba pericial independiente es decisiva para la víctima. En nuestro despacho derivamos sistemáticamente a los clientes a psicólogos y psiquiatras ajenos a la compañía, cuyos informes:

  • Diagnostican según criterios DSM-5 o CIE-11.
  • Aportan escalas validadas (PCL-5, Hamilton, Beck, etc.).
  • Valoran causalidad con el accidente.
  • Proponen puntuación según baremo y justifican cada punto.
  • Sirven como contradicción técnica en negociación y juicio.

Documentar el daño desde las primeras semanas

La principal dificultad de las secuelas psicológicas es que no aparecen en pruebas de imagen: ni en una resonancia ni en un TAC. La única prueba es clínica: informes, entrevistas y evolución. Por eso conviene:

  1. Acudir al médico de cabecera en las primeras semanas si nota ansiedad, pesadillas o miedo a conducir.
  2. Solicitar derivación a salud mental de la Seguridad Social, aunque la lista de espera sea larga. El registro de la demanda ya es prueba.
  3. Iniciar terapia psicológica o psiquiátrica (privada si es posible). Las sesiones generan historia clínica documentada.
  4. Conservar toda la medicación prescrita: ansiolíticos, antidepresivos, hipnóticos. Las recetas documentan la gravedad.
  5. No minimizar los síntomas ante los profesionales: describir con precisión cuántas noches duerme mal, cuántas veces al día aparecen los flashbacks.

Supuestos especiales: víctimas indirectas y familiares

El baremo también reconoce el daño psicológico de las víctimas indirectas: familiares que presenciaron el accidente, personas que llegaron inmediatamente al lugar, o allegados que asistieron a un gran lesionado durante la recuperación. En supuestos especialmente graves -fallecimiento, tetraplejia, grandes lesionados- el perjuicio personal particular de los familiares puede alcanzar cifras muy relevantes.

Preguntas frecuentes

¿Y si el daño psicológico aparece meses después del accidente?

Es habitual. El TEPT puede debutar semanas o meses después. Mientras se documente con informes médicos el vínculo causal con el accidente, la secuela es indemnizable.

¿La terapia privada es indemnizable?

Sí, con facturas. Se considera gasto médico acreditado si es razonablemente necesario por causa del accidente.

¿Se puntuán también las secuelas leves?

Sí. Ansiedad reactiva, insomnio no estructurado, miedo persistente a conducir: todo se valora, aunque con puntuaciones modestas. No despreciar estos extremos marca la diferencia en el importe final.

Contacte con Santamaría Baeza Abogados

Las secuelas psicológicas son tan reales como las físicas, y deberían indemnizarse con igual rigor. En Santamaría Baeza Abogados defendemos a víctimas de accidentes de tráfico en Alicante y provincia desde hace más de una década, con un 99% de reclamaciones resueltas favorablemente. Contamos con un equipo propio de peritos médicos y psiquiátricos independientes que garantizan una valoración justa y documentada. Trabajamos con el compromiso de «si usted no cobra, nosotros tampoco»: sin provisión de fondos y sin coste si no hay indemnización. Llámenos al 654 581 493 o consulte nuestro servicio especializado en accidentes de tráfico. También puede informarse sobre la indemnización por latigazo cervical, frecuentemente asociada a las secuelas psicológicas en siniestros leves.

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