Abogado reclamación accidente de tráfico en Covid 19 Alicante Elche

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Desde que se decretara el Estado de Alarma a raíz de la epidemia mundial provocada por el COVID-19 se han podido detectar las siguientes afectaciones en cuanto a los accidentes de tráfico, por ello contrata un abogado reclamación accidente de tráfico en Covid 19 Alicante Elche .

  • La paralización de los tratamientos médicos de muchas víctimas de accidentes de tráfico anteriores al Estado de Alarma que se encontraban tratándose de los daños sufridos, y su consecuente posible repercusión en la indemnización de éstos.
  • Una reducción histórica de la circulación y de la siniestralidad durante el Estado de Alarma, y las víctimas en los siniestros producidos durante el estado de alarma.

 

Paralización de los tratamientos médicos:

Debido a la emergencia sanitaria muchos de los centros médicos que se encontraban realizando tratamiento a las víctimas de los accidentes de tráfico ocurridos con anterioridad al Estado de Alarma, tuvieron que cerrar sus puertas para preservar la salud de sus pacientes ante el elevado riesgo de contagio de COVID-19, o tuvieron que ser adaptados temporalmente para dar tratamiento a los enfermos del Coronavirus.
Esto ha conllevado que estos pacientes hayan visto interrumpido su tratamiento rehabilitador presencial por fuerza mayor.
Esto plantea un escenario de incertidumbre a corto plazo en cuanto a la reclamación de la indemnización por accidente de tráfico.
Especialmente en aquellos casos en que la víctima del accidente de tráfico haya visto totalmente parado su tratamiento médico por el Coronavirus. Se esperan tres posibles criterios de las compañías aseguradoras a la hora de indemnizar en estos supuestos.
El primer criterio esperado es que la compañía aseguradora responsable del siniestro tenga por estabilizado al perjudicado.
En la fecha en que se declaró la emergencia sanitaria, por ser el último día en el que se sometió a tratamiento médico.
El segundo, es que también cabe la posibilidad que no se contemple el periodo durante el cual no ha habido tratamiento médico, pero si se contemple el tiempo anterior y el posterior en el que sí que ha estado tratándose.
El tercero, es que se contemple la totalidad del periodo con independencia de la inactividad durante el tiempo de confinamiento y del estado de alarma.Reducción de la siniestralidad y disminución del registro de lesionados leves:Según desde que entrara en vigor el Estado de Alarma, se ha producido un descenso histórico de los desplazamientos en transporte privado que llegó a ser de un 89% en fecha 27 de marzo de 2020.
Esta disminución ha supuesto necesariamente una reducción del riesgo en la conducción.
Y con ello una disminución drástica de la producción de accidentes de tráfico, tanto es así que desde marzo del 2020 se están registrando récords históricos de disminución de víctimas mortales en accidentes de tráfico.
A menor circulación, menor número de siniestros, y a menor número de siniestros, menos víctimas.

Las víctimas en los siniestros producidos durante el estado de alarma:

La realidad es que, en proporción a la circulación existente durante el estado de alarma, se siguen produciendo a diario accidentes de tráfico con víctimas.
Nos centraremos especialmente en los lesionados leves que han sufrido un traumatismo menor de la columna cervical, ya que es la lesión mayoritaria provocada por los accidentes de tráfico.
Algunos de estos lesionados, a pesar de precisar de asistencia médica, al ser de carácter leve, no han acudido a los centros médicos.
Para estos casos, esperamos que la situación sanitaria se recupere pronto y se consiga un estado de normalidad.En otros casos, el lesionado espera inicialmente a que remita la clínica con el paso de las horas.
Y si no es así, si no le queda más remedio, acaba acudiendo a urgencias para ser atendido médicamente.Incluso transcurridas las 72 horas legalmente establecidas para que se mantenga el nexo cronológico entre la lesión y el siniestro.

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