Daños psicológicos tras un accidente: estrés postraumático e indemnización

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Tiempo de lectura: 4 minutos

No todas las secuelas de un accidente de tráfico se ven. Muchas víctimas se recuperan de las lesiones físicas, pero arrastran durante meses, o años, miedo a conducir, pesadillas, ansiedad o un trastorno de estrés postraumático que condiciona su vida diaria. Ese sufrimiento es real y, lo que muchos desconocen, también se indemniza.

El problema es que el daño psicológico suele quedar en un segundo plano: ni la aseguradora lo ofrece de oficio ni la víctima sabe que puede reclamarlo. Por eso es tan importante documentarlo desde el principio y valorarlo con criterios médicos y jurídicos.

En Santamaría Baeza Abogados, despacho especializado en accidentes de tráfico en Alicante, te explicamos cómo se reconocen y cuantifican los daños psicológicos con el baremo actualizado a 2026, qué pruebas necesitas y cómo reclamar lo que te corresponde.

Los daños psicológicos sí están en el baremo

La indemnización por accidente de tráfico se calcula con el sistema de valoración de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (el conocido «baremo»). Este sistema no se limita al daño físico: contempla expresamente las secuelas psíquicas y los trastornos psicológicos derivados del siniestro.

Dentro del capítulo de secuelas del baremo, la categoría de neurología y psiquiatría recoge cuadros como el trastorno por estrés postraumático (TEPT), los trastornos depresivos o de ansiedad reactivos y otras alteraciones psíquicas, que se puntúan en función de su gravedad. Cuanto mayor sea la puntuación de secuela reconocida, mayor será la indemnización, ya que el baremo asigna a cada punto un valor económico que se incrementa con la edad de la víctima.

Además, mientras dura la recuperación, el padecimiento psicológico forma parte del perjuicio personal por lesiones temporales (los días de curación), que también es indemnizable conforme a los arts. 134 y siguientes de la propia Ley 35/2015.

Cuánto suben las indemnizaciones en 2026

Las cuantías del baremo se actualizan cada año conforme al índice de revalorización de las pensiones. Para 2026 las indemnizaciones se han incrementado un 2,9% respecto a 2025, en línea con el IPC, con efectos desde el 1 de enero de 2026. Esta subida se aplica tanto a los puntos de secuela (también las psíquicas) como a la indemnización por días de perjuicio durante la curación.

Por eso la fecha de estabilización de las lesiones es relevante: determina qué cuantías del baremo se aplican. Puedes ver cómo funciona la valoración general en nuestra guía sobre la indemnización por secuelas permanentes tras un accidente.

El trastorno por estrés postraumático (TEPT)

El TEPT es la secuela psíquica más frecuente tras un accidente grave. Se caracteriza por la reexperimentación del suceso (recuerdos intrusivos, pesadillas), la evitación de situaciones asociadas (por ejemplo, volver a conducir o subir a un coche), un estado de alerta permanente, irritabilidad e insomnio. Para su diagnóstico se utilizan los criterios clínicos reconocidos internacionalmente (DSM-5 de la APA y CIE-11 de la OMS).

Para que se reconozca como secuela indemnizable es imprescindible un diagnóstico clínico y, sobre todo, acreditar la relación de causalidad entre el accidente y el cuadro psicológico. No basta con afirmar que se sufre ansiedad: hay que demostrar que ha sido provocada por el siniestro y que persiste tras la curación.

La prueba pericial: la clave de tu indemnización

El daño psicológico es más difícil de probar que una fractura, por lo que la prueba pericial resulta determinante. Conviene:

  • Acudir cuanto antes a un profesional (psicólogo o psiquiatra) y conservar todos los informes, partes y tratamientos.
  • Solicitar un informe pericial psicológico o psiquiátrico de parte que diagnostique el trastorno, valore su gravedad y lo vincule causalmente al accidente.
  • Tener presente que la aseguradora valorará el daño con su propio perito; las divergencias entre periciales son habituales y suelen resolverse negociando o, si no hay acuerdo, en el juzgado.

En los casos más graves, las secuelas psíquicas pueden concurrir con limitaciones funcionales severas. Si el accidente ha dejado un daño muy importante, conviene revisar también el régimen de los grandes lesionados y la gran invalidez.

Cómo reclamar paso a paso

  1. Documenta el daño desde el inicio: pide cita con un especialista en cuanto aparezcan los síntomas y guarda todos los informes.
  2. Reúne la prueba del accidente: atestado, parte amistoso, informes médicos de urgencias y seguimiento.
  3. Valoración pericial: obtén un informe que cuantifique la secuela psíquica conforme al baremo 2026.
  4. Reclamación a la aseguradora: la compañía debe emitir una oferta o respuesta motivada (Ley 35/2015). Si la oferta ignora o infravalora el daño psicológico, se puede rechazar.
  5. Negociación o demanda: si no hay acuerdo, se reclama judicialmente, pudiendo aplicarse los intereses de demora del art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro.

En Santamaría Baeza Abogados trabajamos sin que tengas que adelantar provisión de fondos: si usted no cobra, nosotros tampoco.

Preguntas frecuentes

¿Se puede reclamar una indemnización solo por daño psicológico, sin lesión física?

Sí. El baremo de la Ley 35/2015 reconoce las secuelas psíquicas de forma autónoma. Lo esencial es acreditar el diagnóstico y su relación causal con el accidente, aunque no haya lesiones físicas relevantes.

¿Cómo se valora el estrés postraumático?

Se valora como secuela dentro del capítulo de psiquiatría del baremo, asignándole una puntuación según su gravedad; cada punto tiene un valor económico actualizado en 2026 (+2,9%) que aumenta con la edad de la víctima.

¿Qué pruebas necesito?

Informes clínicos del psicólogo o psiquiatra, el historial de tratamiento y, muy especialmente, un informe pericial que diagnostique el trastorno y lo vincule al accidente.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

La acción para reclamar los daños derivados de un accidente de circulación prescribe, con carácter general, al año desde la estabilización de las lesiones, por lo que conviene no demorar el inicio de la reclamación.

¿La aseguradora tiene en cuenta el daño psicológico en su oferta?

No siempre. Es frecuente que la oferta motivada se centre en el daño físico y omita o minimice la secuela psíquica; por eso es importante revisarla con un abogado antes de aceptarla.

Cuéntanos tu caso: abogados de accidentes en Alicante

Si después de un accidente de tráfico sufres ansiedad, miedo a conducir, insomnio o un trastorno de estrés postraumático, no lo dejes pasar: ese daño tiene un reflejo económico en tu indemnización.

Llámanos al 654 581 493 y explícanos qué te ha ocurrido. En Santamaría Baeza Abogados, en Alicante, valoraremos tus secuelas psicológicas con el baremo 2026 y reclamaremos lo que te corresponde, sin provisión de fondos.

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