Calculadora de indemnización por despido 2026

La cifra que te ofrece la empresa el día del despido y la que te corresponde por ley coinciden menos de lo que la gente cree. La diferencia no suele estar en la mala fe, sino en dos detalles técnicos: cómo se califica el despido y qué tope se aplica a tu antigüedad.

Esta calculadora aplica el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores y su disposición transitoria undécima, que es la que rige si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012.

Incluye pagas extra y retribución en especie.

Estimación orientativa y no vinculante, conforme al art. 56 del Estatuto de los Trabajadores y a su disposición transitoria undécima. No incluye el finiquito ni los salarios de tramitación cuando procedan.

¿Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente?

Se calcula a razón de 33 días de salario por año de servicio, prorrateando por meses los periodos inferiores al año, con un máximo de 24 mensualidades. Si el contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, el tiempo trabajado antes de esa fecha se computa a 45 días por año.

Los tres números que lo deciden todo

33 días por año para el tiempo trabajado desde el 12 de febrero de 2012. Es la regla general del artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.

45 días por año para el tiempo trabajado antes de esa fecha, si el contrato ya estaba vigente. Es la disposición transitoria undécima, y es la razón por la que dos compañeros con el mismo sueldo y distinta antigüedad pueden cobrar cantidades muy dispares.

720 días de tope, equivalentes a 24 mensualidades. Con una excepción importante: si lo devengado únicamente por el periodo anterior a 2012 ya supera esos 720 días, ese importe superior pasa a ser el tope, con un máximo absoluto de 42 mensualidades.

Esa excepción es la que más se pasa por alto, y solo beneficia a trabajadores con mucha antigüedad. Un empleado dado de alta en 1985 y despedido hoy no tiene un tope de 720 días, sino de más de 1.200.

Calificación del despidoDías por añoTope
Improcedente (desde 12/02/2012)3324 mensualidades (720 días)
Improcedente (parte anterior a 12/02/2012)45Ver excepción de la DT 11.ª
Objetivo o procedente2012 mensualidades (360 días)
Disciplinario procedente0

Cómo saber si tu despido es improcedente

La calificación no la decide la empresa: la propone en la carta y la confirma, o la corrige, el juzgado. Estos son los supuestos donde la improcedencia es más frecuente.

  1. La carta no concreta los hechos. Un despido disciplinario exige detallar qué se hizo, cuándo y por qué es sancionable. Las fórmulas genéricas suelen decaer.
  2. La causa objetiva no se acredita. Alegar pérdidas o causas productivas obliga a demostrarlas con datos, no a enunciarlas.
  3. No se respetan los requisitos formales. En el despido objetivo, falta de preaviso de quince días o no poner a disposición la indemnización simultáneamente a la entrega de la carta.
  4. Los hechos han prescrito. Las faltas laborales tienen plazos de prescripción cortos.
  5. Despido verbal. Sin carta no hay despido válidamente comunicado.

Y hay un escalón por encima: la nulidad. Si el despido responde a una causa discriminatoria o vulnera derechos fundamentales (embarazo, permisos de conciliación, represalia por reclamar), no se indemniza: se readmite con abono de salarios de tramitación.

Firmar el finiquito «no conforme» y con reserva expresa de acciones cuesta diez segundos y conserva íntegro tu derecho a reclamar. Firmarlo sin esa mención es el error más caro y más frecuente del día del despido.

El plazo: 20 días hábiles

Desde la fecha del despido tienes 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación. No son naturales, y no cuentan sábados, domingos ni festivos, pero el plazo es de caducidad: agotado, la acción se pierde de forma definitiva.

Es, con diferencia, el motivo más común por el que un despido claramente improcedente acaba sin reclamación.

Lo que la indemnización no incluye

La cantidad que arroja la calculadora es la indemnización por despido. Además de ella, te corresponde el finiquito, que es otra cosa: vacaciones devengadas y no disfrutadas, parte proporcional de las pagas extra y salarios pendientes del mes en curso.

Conviene también moderar expectativas en un punto. El Tribunal Supremo ha concluido que la indemnización legal del artículo 56 no puede incrementarse en vía judicial con cuantías adicionales que atiendan a las circunstancias concretas del caso.

Por qué revisarlo con un abogado antes de firmar

Nuestro departamento laboral lo dirige Laura Cano Gálvez, colegiada n.º 5.376 del Ilustre Colegio de Abogados de Alicante, con más de veinticinco años en derecho del trabajo y gestión de recursos humanos. Haber estado en los dos lados de la mesa permite anticipar qué defenderá la compañía y con qué documentación.

Conviene revisar la carta de despido y el finiquito antes de firmar nada.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me corresponde por despido improcedente?

33 días de salario por año trabajado desde febrero de 2012, más 45 días por año por el tiempo anterior si tu contrato ya existía entonces, con el tope de 720 días. Sobre un salario bruto anual de 28.000 € y once años de antigüedad posteriores a la reforma, la indemnización ronda los 29.000 €.

¿Qué pasa si firmo el finiquito y no estoy conforme?

Firmar el finiquito no impide reclamar si haces constar «no conforme» y reservas expresamente las acciones legales. Sin esa mención, el documento puede interpretarse como una liquidación aceptada y complica mucho la reclamación posterior.

¿Tengo derecho a paro si me despiden de forma improcedente?

Sí. El despido improcedente es situación legal de desempleo y da acceso a la prestación contributiva si reúnes el periodo mínimo cotizado. Cobrar la indemnización no reduce ni retrasa el paro.

¿Y si me despiden estando de baja médica?

No es automáticamente nulo, pero está sujeto a un control estricto. Si el despido se produce por causa de la situación de incapacidad temporal, puede declararse nulo por discriminación, con readmisión obligatoria.

¿Cuánto cuesta reclamar un despido?

La papeleta de conciliación y el procedimiento ante el juzgado de lo social no tienen tasas para el trabajador. En la mayoría de reclamaciones por despido trabajamos con honorarios vinculados al resultado.

Antes de que pasen los 20 días

Tienes veinte días hábiles y un documento, la carta de despido, que determina casi todo lo que viene después. Traer ese papel a revisar cuesta una consulta; dejar pasar el plazo cuesta la reclamación entera.

Envíanos la carta de despido y el finiquito y te diremos si la calificación y el importe son correctos. Llámanos al 654 581 493 o escríbenos desde la página de contacto.