Derecho Penal

Derecho Penal

NUESTRAS ESPECIALIDADES EN DERECHO PENAL

01

Delito de lesiones

Delitos que atentan contra la integridad física de las personas

02

Delito contra la seguridad del tráfico

Delitos que atentan contra la integridad física de las personas

03

Delito de estafa

Delitos que atentan contra el orden socioeconómico

04

Delito contra la seguridad del tráfico

Delito de violencia intrafamiliar en todas sus formar

Esposas consecuencias penales

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Abogados penalistas en Alicante

El Derecho Penal es la rama del ordenamiento que regula los delitos, las penas y las medidas de seguridad. Las consecuencias de un procedimiento penal —pena de prisión, antecedentes, inhabilitaciones, responsabilidades civiles— pueden afectar de forma irreversible a la vida personal y profesional. Por eso es imprescindible contar desde el primer momento con un abogado penalista especializado.

En Santamaría Baeza Abogados ofrecemos defensa penal y acusación particular en todo tipo de procedimientos: detenciones, declaraciones policiales, instrucción ante el Juzgado de Instrucción, fase intermedia, juicio oral ante el Juzgado de lo Penal o la Audiencia Provincial de Alicante, y, en su caso, recursos ante el TSJ de la Comunidad Valenciana y el Tribunal Supremo. Atendemos asuntos en toda la provincia: Alicante, Elche, San Vicente del Raspeig, San Juan, Mutxamel, El Campello, Torrevieja, Benidorm, Dénia, Calpe, Alcoy, Orihuela y Santa Pola.

Áreas de Derecho Penal en las que intervenimos

Delitos contra la seguridad vial

Defendemos a clientes investigados por los delitos de los artículos 379 a 385 del Código Penal: conducción bajo influencia de alcohol o drogas, conducción temeraria, conducción sin permiso, negativa a someterse a las pruebas, abandono del lugar del accidente y exceso de velocidad punible. Las consecuencias incluyen prisión, multa, trabajos en beneficio de la comunidad y, especialmente, la privación del permiso de conducir entre 1 y 6 años. Conoce más detalles abajo.

Delitos contra las personas

  • Lesiones (artículos 147 a 156 del Código Penal): tipos básico, agravado y por uso de medios peligrosos. Las penas oscilan entre meses de multa (lesión leve, art. 147.2) y prisión de 6 meses a 12 años en lesiones agravadas o con resultado especialmente grave.
  • Homicidio (art. 138 CP) y asesinato (art. 139 CP).
  • Amenazas y coacciones (arts. 169 y 172 CP).
  • Detención ilegal y secuestro (arts. 163 a 168 CP).

Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico

  • Hurtos y robos (arts. 234 a 242 CP).
  • Estafa (artículos 248 y 249 CP): se requiere ánimo de lucro, engaño bastante, error en la víctima, acto de disposición y perjuicio patrimonial. Las penas se gradúan según la cuantía defraudada (más de 400 € constituye delito; agravaciones cualificadas si supera los 50.000 €).
  • Apropiación indebida (art. 253 CP).
  • Administración desleal (art. 252 CP) y delitos societarios (arts. 290 a 297 CP).
  • Insolvencia punible (alzamiento de bienes y delitos similares, art. 257 CP).
  • Delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social (arts. 305 y 307 CP): impago de tributos o cotizaciones superior a 120.000 € (cuotas tributarias) o 50.000 € (Seguridad Social) por ejercicio.
  • Blanqueo de capitales (art. 301 CP).

Violencia de género e intrafamiliar

Defendemos tanto a denunciados como a víctimas en procedimientos por violencia sobre la mujer (Ley Orgánica 1/2004) y violencia intrafamiliar. Intervenimos ante los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Alicante en órdenes de protección (art. 544 ter LECrim), medidas civiles urgentes y juicios rápidos. También gestionamos denuncias falsas al amparo del artículo 456 CP cuando existen indicios objetivos de imputación dolosa.

Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales

Tras la LO 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual («ley del solo sí es sí») y su posterior reforma por la LO 4/2023, los delitos sexuales se rigen por el modelo de consentimiento: agresión sexual (art. 178 CP), agresión sexual con penetración (art. 179 CP) y tipos agravados. Nuestro despacho asume estas defensas con la máxima reserva y profesionalidad.

Delitos contra el honor

  • Injurias (arts. 208 a 210 CP).
  • Calumnias (arts. 205 a 207 CP): imputación de un delito con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
  • Especial relevancia de los delitos cometidos en redes sociales (Twitter/X, Instagram, foros), con jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo.

Delitos relacionados con drogas

Tráfico de drogas (arts. 368 a 378 CP): tipos básico, agravado por sustancias que causan grave daño a la salud, por organización, por cantidad de notoria importancia o por menores. Las penas pueden alcanzar 6, 9, 13 o 22 años de prisión según los subtipos.

Delitos informáticos y de género tecnológico

Ciberestafa, suplantación de identidad, phishing, sextorsión, acoso (stalking, art. 172 ter CP), descubrimiento y revelación de secretos (art. 197 CP) y pornografía infantil (art. 189 CP). El componente probatorio digital exige peritos informáticos forenses, con los que colaboramos habitualmente.

Acusación particular y responsabilidad civil derivada del delito

Representamos a víctimas como acusación particular reclamando, además de la pena, la responsabilidad civil ex delicto (arts. 109 a 122 CP) y, en su caso, la responsabilidad civil subsidiaria de la empresa o aseguradora (art. 117 CP).

Delitos contra la seguridad vial: penas y consecuencias

En la provincia de Alicante, con su elevada densidad de tráfico, los delitos contra la seguridad vial son una constante. La defensa especializada es decisiva.

Conducción bajo influencia de alcohol o drogas (art. 379.2 CP)

Constituye delito conducir un vehículo a motor o ciclomotor con una tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l en aire espirado (o 1,2 g/l en sangre), o bajo la influencia acreditada de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Penas: prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, en todo caso con retirada del permiso de 1 a 4 años.

Conducción temeraria (art. 380 CP)

Conducir con temeridad manifiesta poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas. Prisión de 6 meses a 2 años y privación del permiso de más de 1 año hasta 6 años. Se presume temeridad manifiesta cuando concurre exceso grave de velocidad y tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l.

Conducción con manifiesto desprecio por la vida (art. 381 CP)

Tipo agravado del anterior: prisión de 2 a 5 años, multa de 12 a 24 meses y privación del permiso de 6 a 10 años.

Negativa a las pruebas de alcohol o drogas (art. 383 CP)

La negativa injustificada a someterse a las pruebas legales se castiga con prisión de 6 meses a 1 año y privación del permiso de más de 1 año hasta 4 años. Es delito autónomo del de conducción bajo influencia.

Conducción sin permiso (art. 384 CP)

Por pérdida total de puntos, sin haberlo obtenido nunca o tras retirada cautelar o definitiva. Prisión de 3 a 6 meses, multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Si el delito vial provocó lesiones o fallecimiento, también puede concurrir la indemnización por accidente de tráfico conforme al baremo de la Ley 35/2015. Coordinamos ambas vías para garantizar la máxima protección del cliente.

Fases del proceso penal: cómo te acompañamos

  1. Asistencia al detenido: 24 horas / 365 días. Acudimos a comisaría, cuartel de la Guardia Civil o sede policial para asistir en la primera declaración (artículo 520 LECrim).
  2. Investigación / instrucción: declaración ante el Juzgado de Instrucción, proposición de diligencias, recursos de reforma y apelación, control de medidas cautelares.
  3. Fase intermedia: escrito de defensa o acusación, calificación provisional.
  4. Juicio oral: ante el Juzgado de lo Penal (penas hasta 5 años) o la Audiencia Provincial (penas superiores). Examen y contraexamen de testigos, peritos y partes.
  5. Sentencia y recursos: apelación, casación ante el Tribunal Supremo, amparo ante el Tribunal Constitucional.
  6. Ejecución: tramitación de suspensión de la pena (art. 80 CP), sustitución (art. 88 CP), libertad condicional y permisos.

Juicio rápido por delito

Los juicios rápidos (arts. 795 y ss. LECrim) son procedimientos abreviados para delitos castigados con pena de hasta 5 años de prisión, con tramitación urgente desde el atestado policial. Son habituales en delitos contra la seguridad vial, lesiones, hurtos y violencia familiar. Ofrecen la posibilidad de conformidad con reducción de un tercio de la pena, decisión estratégica que requiere asesoramiento experto.

Preguntas frecuentes sobre Derecho Penal

¿Qué hago si me detiene la policía?

Mantén la calma, no contestes preguntas hasta tener abogado, no firmes nada sin leerlo y solicita asistencia letrada inmediatamente (art. 520 LECrim). La policía debe informarte de tus derechos. Llámanos lo antes posible para asistirte en la declaración.

¿Puedo evitar la cárcel si me condenan?

Sí, en muchos casos. La pena de prisión inferior a 2 años puede suspenderse si concurren los requisitos del art. 80 CP (delincuente primario, satisfacción de la responsabilidad civil, naturaleza del hecho). También cabe sustitución y, para extranjeros, expulsión sustitutiva (art. 89 CP).

¿Cuánto cuesta un abogado penalista en Alicante?

El coste varía según la fase, complejidad del asunto y duración. Trabajamos con presupuesto cerrado por escrito tras la primera consulta. Aceptamos pago aplazado en función del caso.

¿Qué pasa si me han denunciado en falso?

Una vez archivada o absolutoria la sentencia, podemos interponer querella por denuncia falsa (art. 456 CP) y/o por acusación y denuncia falsas (art. 457 CP), además de reclamar responsabilidad civil por los daños y perjuicios sufridos.

¿Cuánto tarda un procedimiento penal en Alicante?

Los juicios rápidos pueden resolverse en 1 a 3 meses. Procedimientos abreviados ordinarios tardan entre 10 y 24 meses en primera instancia. Causas complejas o ante la Audiencia Provincial pueden alargarse 2-4 años.

¿Es delito negarse al test de alcoholemia?

Sí. El artículo 383 CP castiga la negativa con prisión de 6 meses a 1 año, retirada del permiso y antecedentes penales. La defensa consiste en analizar si la negativa fue informada, si concurrían indicios o si el agente respetó el protocolo.

¿Cuándo prescribe un delito?

Los plazos del art. 131 CP varían: 20 años (penas máx. ≥15 años), 15 años (≥10 años), 10 años (≥5 años), 5 años (resto, salvo injurias y calumnias que prescriben en 1 año). El plazo se interrumpe con la imputación.

¿Tengo derecho a recurrir la sentencia?

Sí. Frente a las sentencias del Juzgado de lo Penal cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial; contra las sentencias de la Audiencia Provincial, recurso de apelación ante el TSJ y, en su caso, casación ante el Tribunal Supremo.

Áreas relacionadas del despacho

Los procesos penales suelen entrecruzarse con otras áreas del Derecho. En Santamaría Baeza coordinamos también:

Asistencia 24 horas y consulta inicial

Si te han detenido o citado, no esperes: contacta con nuestro despacho. Ofrecemos primera consulta y elaboramos una estrategia de defensa con presupuesto cerrado por escrito antes de iniciar las actuaciones.

Los datos de carácter personal que consten en la consulta serán tratados por Vicente José Santamaría Baeza e incorporados a la actividad de tratamiento CONTACTOS, cuya finalidad es atender tus solicitudes, peticiones o consultas recibidas desde la web, mediante correo electrónico o telefónico, dar respuesta a tu solicitud y hacer un seguimiento posterior, así como enviarte a posteriori información comercial de aquellos productos o servicios que consideremos que puedan ser de tu interés. La legitimación del tratamiento es tu consentimiento. Tus datos no serán cedidos a terceros. Tienes derecho a acceder, rectificar y suprimir tus datos, así como otros derechos como se explica en nuestra política de privacidad:Política de privacidad