Indemnización por despido laboral en Alicante ¿Es un derecho ganancial o privado del trabajador?

Cuando se produce un despido la empresa tiene que seguir unos trámites muy estrictos y en la forma de despido elegida por la empresa, tiene que estar muy buen fundamentada para que el despido no sea improcedente.
Lo más importante cuando se produce un despido es FIRMAR LA DOCUMENTACION COMO NO CONFORME, también es importante exigir a la empresa que nos facilite una copia de todos los documentos que hemos firmado para que nuestro abogado lo estudie.
Cuando firmes, escribe siempre fecha y hora de cuando lo haces.
Debemos destacar que en no pocas ocasiones, después de firmada la documentación la empresa no entrega una copia al trabajador despedido, esto general una indefensión al trabajador que no puede consultar con su abogado la documentación.
Si se sabe que va a ser despedido, no esta de más grabar la conversación con el empresario, es totalmente legal y podría emplearse en un hipotético juicio.
La documentación mínima que le debe de facilitar la empresa es:
- Carta de despido
- Certificado de empresa
- Finiquito de fin de relación laboral, el dinero del finiquito debe de ponerse a su disposición en el mismo momento.
Aunque ya deberías de disponer de todas tus nóminas, pues la empresa las debe de facilitar todos los meses, si te falta alguna, pídela en ese momento.
Además, la empresa te debe abonar las vacaciones devengadas y no disfrutadas, además de los días del mes en que se produce el despido, junto con el pago de las pagas extraordinarias devengadas y horas extras o complementarias que estén pendientes de pago.
Una vez que se ha producido el despido, recomendamos seguir estos pasos:
Paso 1
Lo primero que aconsejamos es mantener la calma. Sí que es fuerte ir un día al trabajo y encontrarse con una carta de despido. Sin embargo, tranquilizarse permite pensar con claridad y actuar en consecuencia para tu beneficio.
Muchas veces, nos desesperamos porque no sabemos la causa o la razón por la cual se ha decidido terminar el contrato de trabajo unilateralmente por parte de la empresa. Pero, ante esta incertidumbre hay que mantener la calma pues siempre hay una solución en cuanto al cobro de un finiquito justo.
Paso 2
Lo segundo que se debe hacer, es un listado de todo lo que la empresa te adeuda. Este listado ha de ser lo más exacto posible, y su contenido tiene que incluir los meses y días que se adeudan por concepto de salarios, incluyendo los días del mes en que se realizó el despido, las vacaciones no disfrutadas y no pagadas, horas extras, pagas extraordinarias y otros pagos no realizados.
También, en los casos de despido no procedente, despido colectivo, finalización de contrato o despido por causas objetivas el trabajador debe recibir una indemnización. Realizar el cálculo de esta puede requerir de ayuda y ver respuesta de abogados. Pero si para este momento sabe cómo hacerlo lo recomendable es realizar el cálculo lo más pronto posible.
Lo más importante a tener en cuenta para realizar el cálculo de la indemnización es saber el tipo de despido y el tiempo que lleva trabajando para la empresa.
Paso 3
Lo tercero, es recopilar toda la documentación que le dio la empresa en caso de despido, y juntarla con el resto de documentación relacionada con el trabajo,
Una de las cosas que debe preguntarse es si había interpuesto una reclamación por la cantidad adeudada por concepto de salarios, en el caso de que la hubiese. Otro documento importante que debes conservar es el contrato de trabajo.
Asimismo, se debe recopilar el convenio colectivo, de no conocerlo, nosotros te facilitaríamos una copia.
Por otro lado, se recomienda recaudar cualquier otra información relevante que pueda ayudar en el procedimiento despido, desde un mail, hasta un WhatsApp que haya podido recibir antes de que se diera por culminada tu relación de trabajo y donde se puede entrever algún tipo de trato hostil.
Muchas veces, las empresas optan por no realizar una carta formal de despido. En esos casos es muy importante enviar un mail o un burofax a la empresa solicitando la formalidad del despido, dado que si no podría motivar en ausencia al trabajo y eso puede ser una causa despido justificado.
Paso 4
Lo cuarto, es contactar con un abogado especializado en derecho laboral y del trabajo.
Estar ante una situación de despido sin paga por parte de la empresa no es lo ideal. Sin embargo, es un derecho reclamar todo lo adeudado. La idea, es realizar un proceso para llegar a un acuerdo de pago con la empresa en la cual estabas trabajando. De no darse ese acuerdo de pago, es cuando se procedería a una demanda judicial.
A la hora de reclamar, es importante contar al abogado cuales eran tus tareas diarias dentro de la empresa, por si es posible reclamar una clasificación profesional superior, con el inherente aumento de salario.
También es importante saber si el derecho a indemnización es un derecho ganancial o privativo
Indemnización por despido laboral en alicante ¿ Es un derecho ganancial o privado del trabajador?
El despido y el derecho de familia.
En multitud de casos los clientes que son despedidos nos plantean si la indemnización por despido laboral es un derecho personal del trabajador o si es una cantidad que pertenece a la sociedad de gananciales del matrimonio.
El Tribunal Supremo ha venido modificando su criterio hasta posicionarse más cerca de considerarlo como un derecho de la sociedad de gananciales, al menos, en la cuantía de la indemnización laboral que corresponda a los años trabajados durante el matrimonio.
Indemnización por despido en alicante: ¿derecho personal o ganancial?
Son habituales los casos en los que se produce un despido laboral, con cobro de una indemnización, y posteriormente se reclama dicho importe como perteneciente a la sociedad de gananciales.
Se plantea si cantidad por despido es un derecho personal, y por lo tanto privada del afectado, o, si por el contrario, debe incluirse como un dinero más de la sociedad de gananciales y repartido al 50% entre ambos cónyuges.
Históricamente el Tribunal Supremo, en distintas sentencias, ha mantenido que, para determinar la naturaleza privativa o ganancial de la indemnización por despido, hay que tener en cuenta la fecha de percepción de la indemnización y la naturaleza de la indemnización.
Así si la indemnización se percibe estando vigente la sociedad de gananciales, la indemnización será ganancial. Mientras que si se percibe con posterioridad, será privativa
Igualmente debe distinguirse entre el derecho a cobrar esa indemnización, que se considera como personal e intransmisible, siendo privado, y los rendimientos que generen esas indemnización, durante la vigencia de los gananciales serán de ambos cónyuges
Distinción entre derecho al trabajo y beneficio o indemnización obtenida por el trabajo
Sin embargo, el Tribunal Supremo ha dado una vuelta más a la anterior doctrina y distingue entre lo que se debe considerar el derecho al trabajo, que permite obtener un empleo en el mercado laboral, y el beneficio que se va a obtener con el ejercicio del derecho al trabajo.
El primero es un bien privativo por tratarse de un “derecho inherente a la persona”, mientras que el segundo va a ser un bien ganancial.
Es claro que las nóminas o salarios son gananciales pero no queda tan claro con las indemnizaciones por despido
En algunas sentencias se ha considerado que la indemnización va a sustituir la pérdida de un derecho privativo, por ser inherente a la persona, como es el derecho al trabajo y por ello dicha indemnización no debe tener la condición de ganancial, sino que es un bien privativo.
Sin embargo, en las más recientes sentencias del Tribunal Supremo, se señala que este argumento no resulta convincente, puesto que el derecho al trabajo, aunque haya un despido, permanece incólume, no se ha lesionado, ya que el trabajador despedido sigue en el mercado de trabajo.
Y en realidad lo que ocurre es que la indemnización por despido constituye una compensación por el incumplimiento del contrato y por ello mismo va a tener la misma consideración que todas las demás ganancias derivadas del contrato, como las nómina o salarios, siempre que se hayan producido vigente la sociedad de gananciales.
Consecuencia: indemnización es ganancial en proporción a los años trabajados en gananciales
Consecuencia de los argumentos expresados es que la indemnización cobrada por un despido laboral es ganancial si tiene origen en un contrato de trabajo que se ha desarrollado durante la vigencia de la sociedad de gananciales.
Eso sí, para el cálculo de la concreta cantidad que tiene la naturaleza de bien ganancial, se debe tener en cuenta el porcentaje de la indemnización que corresponde a los años trabajados durante el matrimonio.
Es decir, serán ganancial la parte de indemnización que se corresponda con los años trabajados, vigente la sociedad de gananciales, y privativa la parte correspondiente a los años en que no existía la sociedad de gananciales.
Para ampliar la información, no dude en ponerse en contacto con nosotros en el siguiente enlace: CONTACTO
Deja una respuesta